Policiales

Enjuiciados por trata de personas fueron condenados a tres años de prisión en suspenso

En la jornada de ayer, el Tribunal Federal resolvió condenar a dos personas por el delito de Trata de Personas. Estos fueron condenados por haber dado acogimiento a una persona mayor de 18 años, mediante coerción y abuso de situación de vulnerabilidad con fines de explotación. Ambos fueron condenados a tres años de prisión en suspenso.

  • 22/06/2016 • 07:00

Ayer el Tribunal Oral Federal de nuestra ciudad se reunió nuevamente para dictar sentencia, en el juicio que tiene como imputados a José Raúl Arraya, quien es defendido por la defensora oficial, Dr. Ana Pompo, mientras que la restante acusada es Rosa Zabala, representada por el Dr. Víctor Robles.

El Tribunal fue presidido por el Dr. Alejandro Ruggero, quien se dirigió a los imputados diciendo que el juicio se había modificado ante un pedido de la Fiscalía, el cual fue acompañado por los representantes de cada uno.

El Presidente del Tribunal les consultó a los imputados si ellos sabían que en el juicio abreviado ellos se declaraban culpables y ambos asintieron afirmativamente. Posteriormente, Ruggero les leyó la elevación a juicio, en la cual se les imputó haber acogido durante los días 19 de julio al 08 de agosto del 2009 a una joven santafecina para ser explotada bajo la modalidad de comercio sexual en el local nocturno denominado “Jerun Esken o más conocido como Noche”, ubicado en Gobernador Mayer al 300 de Río Turbio. El local era propiedad de Zabala y regenteado por Amaya, obteniendo los nombrados un beneficio económico derivado de la actividad, ejerciendo coerción y abusando del estado de vulnerabilidad de la víctima, quien estuvo alojada contra su libre voluntad, con restricción del dinero que ganaba la misma con el comercio sexual, el cual era aprovechado por sus explotadores a partir de un acuerdo que tenían con otra persona, quien ya fue condenada en otra causa pero del mismo delito. Los imputados al ser consultados por el letrado si reconocían los hechos, estos aseguraron que sí.

Posteriormente, Ruggero manifestó que con el acuerdo, la calificación legal que le dieron sería acogimiento de persona mayor de 18 años, mediante coerción y abuso de situación de vulnerabilidad con fines de explotación.

 

El fallo

Luego del plazo estipulado para la deliberación del Tribunal, ayer éste dictó sentencia, dando a conocer su fallo: 

1- Declarar admisible la propuesta de juicio abreviado traída a consideración del Tribunal.

2- Condenar a José Raúl Araya, por ser autor penalmente responsable del delito de acogimiento de persona mayor de 18 años, mediante coerción y abuso de una situación de vulnerabilidad, con fines de explotación a la pena de tres años de prisión en suspenso

3- Imponer a José Raúl Araya, por el plazo

de tres años, la obligación de fijar domicilio, realizar presentaciones mensuales ante Gendarmería Nacional, Escuadrón Río Turbio, Prov. de Santa Cruz, debiendo informar sobre sus medios de vida; abstenerse de consumir sustancias estupefacientes y abusar de bebidas alcohólicas.

4- Condenar a Dora Rosa Zabala, por ser autora penalmente responsable del delito de acogimiento de persona mayor de 18 años, mediante coerción y abuso de una situación de vulnerabilidad, con fines de explotación a la pena de tres años de prisión en suspenso.

5- Imponer a Dora Rosa Zabala, por el plazo de tres años, la obligación de fijar domicilio, realizar presentaciones mensuales ante Gendarmería Nacional, Escuadrón Río Turbio, Prov. de Santa Cruz, debiendo informar sobre sus medios de vida; abstenerse de consumir sustancias estupefacientes y abusar de bebidas alcohólicas.

 

Temas