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Por primera vez se caratula un hecho como “Femicidio” en Río Gallegos

Para la jueza Valeria López Lestón, hubo una antesala de violencia de género psicológica ejercida por el presunto asesino, que se negaba a terminar la relación de pareja con Romina. Se sabe ahora que la joven recibió 12 puñaladas.

  • 12/10/2016 • 07:00
Romina Barría fue asesinada el martes 4 de octubre, tras recibir 12 puñaladas
Romina Barría fue asesinada el martes 4 de octubre, tras recibir 12 puñaladas

La Jueza de Instrucción entiende que hay elementos suficientes como para calificar, de forma provisoria, al asesinato de la joven madre Romina Daniela Barría, con los alcances del Artículo 80 inciso 11 del Código Penal.

 

Al menos así se desprende del documento que firmó la semana pasada, a instancias de citar a declaración indagatoria a Jorge H; el acusado de haber asesinado a la mujer el lunes pasado, en su casa del barrio San Benito.

 

Si bien en la ocasión éste se negó a ejercer su primer derecho a la defensa, la magistrada entiende que el móvil del asesinato no fue otro que su rechazo a aceptar que la relación amorosa con Romina había llegado a su fin.

 

Según se cree, fue Romina quien intentó en más de una ocasión dejar en claro que la relación, producto de la cual tuvieron una hija, no iba más. Fue -presume López Lestón- que en ese contexto Jorge comenzó a acosar psicológicamente a Romina, con la idea de hacerla cambiar de parecer, aunque hasta entonces no habría mediado violencia física de su parte.

 

De hecho, TiempoSur pudo confirmar que nunca existió denuncia en sede judicial o penal por parte de Romina, así como tampoco algún tipo de exposición en la que ella dejara asentado algún tipo de amenaza de parte de su ex o situación en la que se sintiera amedrentada por él de modo alguno.

“El hecho se califica provisoriamente como homicidio doblemente agravado por el vínculo y por mediar violencia de género y daño en concurso real Art. 55, 79, 80 Inc. 1 y 11 del Código Penal”, se lee en lo que representa, nada más y nada menos, el asesinato a una mujer por parte de un hombre, en un contexto de violencia de género.

 

También en las últimas horas se confirmó que Romina fue víctima de un ataque frenético por parte de su ex, quien habría acabado con su vida antes de que se desatara el incendio en la morada emplazada entre las calles 1 y 10.

 

Ese día, los bomberos acudieron a un incendio desatado en la casa minutos después de las 10:00 y descubrieron dentro el cadáver de la joven, pero pasó al menos una hora hasta que se supo que allí había habido un asesinato y, lo que preocupó aún más, que la hija de Romina, de sólo dos años, había sido llevada por su padre.

 

Romina yacía con un total de doce lesiones que su ex le habría provocado con un cuchillo ordinario: “Dos de ellas están ubicadas en la región anterior del cuello, en carótida derecha y tráquea, dos punzocortantes en abdomen, una punzocortante en región lumbar izquierda, otras en región clavicular derecha y del hombro derecho. Asimismo, presentaba equimosis en la rodilla producto de un golpe con elemento contundente”. Todo esto generó en Romina lo que se conoce como un shock hipovolémico. Ergo, murió de inmediato, desangrada.

 

El hecho de que el acusado no declarase ante López Lestón impide por ahora reconstruir los momentos previos al crimen, aunque hay quienes entienden que el rapto de apuñalar de forma sistemática a su ex podría traducirse en lo que se conoce como “emoción violenta”. Empero, vale mencionar que las pericias practicadas tras su detención, no dan cuenta de que se trate de un sujeto inimputable, aunque sí hubo diferencias entre el análisis de los profesionales del Centro de Salud Mental y del equipo de peritos del Poder Judicial.