Info General ADOSAC consideró "improcedente" conciliación obligatoria y determinó continuar con los paros El gremio exigió la "nulidad" de la medida de la Secretaría de Trabajo y ratificó las medidas de fuerza hasta que exista cronograma de cobro de sueldos y aguinaldos. Los argumentos legales. 04/12/2016 • 07:00 Congreso en Puerto San Julián. Detener audio Escuchar La moción de la filial de Rio Gallegos, se trasladó al Congreso Provincial de ADOSAC realizado ayer en San Julián, el cual decidió continuar con las medidas de fuerzas- resueltas en el Congreso Anterior de Gobernador Gregores- y declarar "improcedente" la conciliación obligatoria que emanó la Secretaria de Trabajo el pasado jueves 1º de diciembre. La organización reclama un cronograma de cobro de los sueldos de noviembre, diciembre, enero y aguinaldo y percibir el salario de forma "unificada" (ya que el gobierno pagó en tramos de hasta 20 mil pesos). Aun así, se presentarán en la reunión conciliatoria el próximo lunes para "exigir la nulidad de la resolución 1037 emanada por la SETYSS en la reunión del día lunes 5 del corriente por considerarla improcedente toda vez que es el Estado quien tiene la obligación de abonar los salarios adeudados a todos los trabajadores de la provincia". Entre otros puntos volvieron a "intimar" a la CSS la que debe "reanudar la prestación del servicio en todas las localidades donde se ha cortado el derecho". "Legal" En términos legales, el asesor de ADOSAC, Dr. Enrique Papa argumentó que la conciliación es "improcedente" porque esta debe dictarse "para negociar algo por un conflicto e incumplimiento de convenio, y acá lo que se plantea que un incumplimiento el Gobierno por el pago en tiempo y forma". Explicó que el docente de forma particular, efectuó retención de servicios, y que ahora "se tomo una medida colectiva que es el paro". "El lunes nos vamos a sentar en Trabajo, y qué vamos a negociar, si ayer (por el jueves 1) debería estar pagado el salario". Destacó que existe un derecho lesionado, "el derecho a alimento", debido a que el maestro trabajó durante 30 días y espera saber la fecha de su sueldo. Sobre la fecha de cobro de los salarios, el letrado afirmó que el plazo correspondiente al quinto día hábil de cada mes rige para el sector privado y no estatal. "Por una decisión gremial se resolvió esperar hasta el plazo del sector privado, cuando podría no haberse hecho. Es una falacia lo que plantea el Estado cuando dice que no hay un plazo para pagar. Existe la lógica y principio: nadie trabaja gratis, es un contrato bilateral de trabajo, yo ya cumplí durante 30 días mi parte, y la obligación es pagar en el plazo, y por el Código Civil, la plazo está determinado por usos y costumbres, y que no existiese plazo, tampoco significa que deba pagar el sueldo el 15", sentenció. En cuanto al cronograma de pago que exige el gremio, sostuvo que "se exige que se cumpla la ley, y digan que van a cumplirla porque el gremio pregunta y pide que el Gobierno se comprometa a cumplir a pagar en término, que es el primer día hábil, y el aguinaldo, por eso, no pide que se adelante el pago ni el cronograma", agregó. Temas CONGRESO PROVINCIAL EN SAN JULIAN Lás más leídas en Info General 1 En Los Antiguos piden por la continuidad del Interconectado Santa Cruz 2 El Ejecutivo provincial ampliará el presupuesto de la Justicia Santa Cruz 3 Creció un 30% la cantidad de gente que se atiende en hospitales públicos en Chubut Santa Cruz 4 La segunda Expo Semilla promueve la auto producción y el intercambio Santa Cruz 5 El Tesla Cybertruck que manejó Milei: características y precio de una pick-up futurista Santa Cruz