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Lerena ordenó el ‘cese inmediato’ del paro docente

El juez Diego Lerena falló ayer sobre el amparo presentado por la Vocalía de los Padres, que reclamó que los docentes vuelvan a las aulas mientras continúan las negociaciones con el Gobierno. En un fallo donde prevalece el derecho de los chicos a educarse, el magistrado prohíbe además los descuentos a los docentes.

  • 18/07/2017 • 08:20
Diego Lerena, juez de Familia de Río Gallegos
Diego Lerena, juez de Familia de Río Gallegos

A la causa la impulsó el vocal por los Padres, Juan Manuel Canale, luego de quedar en reemplazo de Valeria Barría Felgueroso, una figura a la que se acusó de mantenerse siempre al margen de los conflictos docentes.

Canale presentó el amparo en el juzgado de Diego Lerena, que el 27 de junio llamó a las partes a una audiencia conciliatoria, que no arrojó resultados. A veinte días de aquel encuentro, el Juez resolvió haciendo lugar a su reclamo, pero por sobre todas las cosas, a favor de un dictamen que presentó la Defensoría del Menor, pidiendo porque se garantice del derecho de los chicos a estudiar.

En su fallo, Lerena ordenó a ADOSAC y a AMET el “cese inmediato de las medidas de fuerza en la modalidad en que se vienen desarrollando y que afectan de modo directo el normal dictado de clases”.

Asimismo, intimó al Estado provincial y al Consejo Provincial de Educación a que “garanticen la continuidad de las negociaciones paritarias con los gremios… A las que deberán concurrir obligatoriamente las partes en conflicto”, exhortándolos a activar los mecanismos previstos en la Ley de Educación Nacional.

 

DA 10 DÍAS PARA QUE LOS COLEGIOS ESTÉN OK

En otra de las medidas ordenadas ayer por Lerena, se intima al Estado provincial y al CPE a que en un plazo de diez días hábiles “adopten las medidas necesarias para poner en funcionamiento edilicio óptimo todos los establecimientos  educativos de la Provincia”.

Asimismo, el Juez pide a la cartera educativa que avance en la titularización de cargos, “a fin de garantizar la efectiva prestación del servicio educativo y el inicio del ciclo lectivo 2017”.

 

SIN DESCUENTOS

Por otra parte, el fallo prohíbe al gobierno de Alicia Kirchner descontar a los docentes los días de huelga transcurridos, “cualquiera sea su consideración jurídica, paro, suspensión de la relación laboral, presentismo, etc. hasta el agotamiento de la negociación y conciliación colectiva”.

En su resolución para poder encausar la vuelta a clases o, en muchos casos, su inicio, Lerena dice haber encontrado tres motivos por los cuales el conflicto es tan duro: el primero de ellos fueron los “inconvenientes manifiestamente reconocidos por parte del Estado provincial al momento de abonar sueldos a los trabajadores, no solo docentes sino de otros sectores de la administración pública”.

También que los “reclamos gremiales y la adopción de medidas de acción directa que, ante la falta de acuerdo, se tornan en irrazonables y excesivas en su modalidad, por su duración y permanencia en el tiempo y, por sobre todas las cosas, por el perjuicio directo que ocasiona al alumnado”.

Asimismo, analizó como tercera causante “las graves dificultades vislumbradas por las partes en el conflicto para arribar a acuerdos veraces pasibles de cumplimiento”.

En base a esto, el Juez de Familia no tiene dudas de que existe “una compartida responsabilidad tanto del Estado provincial como de las asociaciones gremiales” a la hora de “perjudicar severamente” a los alumnos de Santa Cruz con el no dictado de clases, resultado de “obstinadas posturas incapaces de conducirse por la vía de la negociación”, agrega.

Así, desde los estrados de Lerena, se le pidió al Gobierno y el gremio que nuclea a las asociaciones sindicales, “tomar consciencia de la vulneración de derechos a los que se ha sometido a los educandos de la Provincia y a la sociedad toda, entrampados ellos en el campo de batalla, entre fuegos cruzados, entre posiciones anquilosadas que, lejos de mostrar madurez para el diálogo, no genera sino día tras día daños incalculables en términos individuales y sociales”.

Semanas atrás, el abogado de Canale manifestó que tenían expectativas con que el Juez resuelva frente a un pedido de pronto despacho que presentaron. “La Constitución establece derechos y garantías, pero en ningún  momento permite el uso y abuso de los derechos según las leyes. Mi derecho termina donde arranca el de otra persona", argumentó, asegurando que no es lo normal que el Poder Judicial deba abocarse a resolver porque existe la vía administrativa, en este caso la paritaria.

 

Las reflexiones de Lerena en su fallo

“…Es un asunto harto complejo. Son tiempos de intensa conmoción los que vive por estos días la sociedad santacruceña. Huracanes de devastación que azotan a todos los sectores santacruceños, plagados de vandalismos que se ensañan con edificios públicos, con instituciones, sin consciencia del daño a la sociedad misma. Destrucción que lleva irremediablemente al sufrimiento y al desprecio por el otro. Variopinta expoliación de esperanzas a las que se ha sometido a la juventud, por un presente y un futuro mejor…”.

“Asistimos a tiempos en los que se acabado convirtiéndose al Estado en un Robin Hood, que aduce no tener más que la pluma de su bonete para ofrecer. Y por otro lado, sectores sociales, variados que reclaman aumentos salariales a la patronal estatal…”

“Tiempos plagados de desconfianzas, de descreimientos por parte de todos hacia todos. Erosión del valor de la palabra que nos empuja hacia la irremediable indignidad como sociedad…Unos 70.000 niños, niñas, adolescentes y educandos sin clases, y como Chronos , el Dios del tiempo …que devora a sus hijos…”.

El fallo también obliga al CPE a cesar con los descuentos a los docentes