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Feriado provincial del 27 es similar a uno nacional

Así lo consideran desde el Sindicato de Empleados de Comercio (SEC). Sostienen que  su carácter análogo a un feriado nacional obliga al empleador al pago de acuerdo a cómo se liquidan los feriados nacionales trabajados.

  • 22/10/2014 • 00:00
Secretario general del SEC, Claudio Silva. (Foto Archivo)
Secretario general del SEC, Claudio Silva. (Foto Archivo)

El próximo lunes 27 de octubre, en Santa Cruz será por primera vez feriado provincial obligatorio, semejante a un feriado nacional, por conmemorarse la muerte del ex presidente Néstor Kirchner.

Al cumplirse cuatro años del fallecimiento en El Calafate, del primer Presidente santacruceño, cuando se desarrollaba el Censo poblacional 2010, se hace efectivo por primera vez este feriado provincial que propuso en la Legislatura de Santa Cruz, la diputada del Frente para la Victoria (FPV), Estela García, y fue sancionada el 13 de marzo último, al reanudarse el período de sesiones ordinarias.

Al ser el primer feriado con estas características, muchas fueron las consultas de la gente a TiempoSur, sobre los alcances del mismo, particularmente en la actividad privada, debido que a no todos les queda claro si al no ser un feriado nacional, corresponden las mismos reglas para el empleador.

 

Feriado “obligatorio”- El proyecto de Ley Nº 457/13 que declara Feriado Provincial Permanente el día 27 de octubre de cada año, en homenaje a Kirchner, apareció publicado como Ley Provincial N° 3.342, en el Boletín Oficial del 27 de marzo.

En la norma se establece que el alcance del feriado será “obligatorio en todo el ámbito provincial” de manera análoga a los feriados nacionales. En ese mismo boletín se publica el Decreto 0132, de promulgación de la ley.

El decreto de promulgación de la Ley, firmado por el gobernador Daniel Peralta, tiene fecha 21 de marzo y dejó oficializada la implementación de este nuevo feriado provincial en Santa Cruz.

Consultado al respecto, el secretario general del Sindicato de Empleados de Comercio (SEC), Claudio Silva, explicó que la actividad privada está regulada por leyes nacionales, en el caso de mercantiles, la 20.144 y que la que establece este feriado, es provincial, no puede prevalecer sobre una norma superior, con lo cual “el que quiera adherir cerrará sus puertas”.

El dirigente admitió por Tiempo FM que puede tener variadas interpretaciones, ya que no habla de cierre, quedaría al libre albedrío, aún si no adhiriera la Cámara de Comercio, Industria y Afines de Río Gallegos (CCIARG), aunque a su criterio no debería ser así, porque fue un Presidente argentino “nuestro, de Santa Cruz”.

No obstante, al señalar la propia norma, su carácter análogo a un feriado nacional, desde el SEC creen que obliga al empleador al pago de acuerdo a ese carácter, a cómo se liquidan los feriados nacionales trabajados.

“Lo que queda claro es que el feriado se paga, como un feriado nacional o puente, una modalidad actual, que se paga en el sector privado, como un feriado nacional”, explicó el dirigente sindical.

Ayer, fuentes consultadas por TiempoSur, mantenían las dudas respecto a este tema pero aseguraban que por una cuestión de usos y costumbres, los feriados del 19 de diciembre y del 31 de enero, también se aplican de manera similar a los feriados nacionales.

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