Política El Juez respaldó la “elección directa” como prevé la Constitución de Santa Cruz El fallo del juez de Primera Instancia, Francisco Marinkovic, que declaró inconstitucional la ampliación de la Ley de Lemas, basa su argumento en elección “directa” y a “simple pluralidad de sufragios” que estipula la Constitución Provincial. De esta manera, avala los amparos interpuestos por partidos políticos y ciudadanos particulares. 14/03/2015 • 00:00 El fallo de Marinkovic posee más de 50 páginas y ahora será apelado. Detener audio Escuchar En un extenso escrito al que tuvo acceso TiempoSur, cuyos autos están caratulados “Unión Cívica Radical de la provincia de la provincia de Santa Cruz y otros C/ Estado de la provincia de Santa Cruz, S/ Amparo”, el juez de Primera Instancia Nº2, en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería, Francisco Marinkovic, resolvió hacer lugar a los amparistas y declarar la inconstitucionalidad de la ampliación de la Ley de Lemas para la categoría de gobernador y vicegobernador. Allí, el magistrado resumió las presentaciones realizadas por partidos políticos y ciudadanos particulares en contra de la reforma electoral votada el año pasado en la Cámara de Diputados y promulgada por el Poder Ejecutivo. Los amparos- La primera acción de amparo contra la Ley de Lemas, tras su ampliación por la Legislatura y promulgación por el Ejecutivo, correspondió a una presentación en su carácter de electora, de la abogada Diana Guarda. Fue el 10 de febrero, tras aparecer publicada la promulgación de la ley en el Boletín Oficial. Y el mismo estudio del abogado Alejando Stoessel, luego patrocinó la presentación que hicieron otros particulares, tal es el caso del titular del Gremio Judiciales Santa Cruz, Juan José Ortega, aunque en carácter particular. Es así que sumaron seis los ciudadanos que en tres presentaciones distintas pidieron que sea declarada inconstitucional la norma que regiría en las próximas elecciones, también para la elección de gobernador y vicegobernador. Las presentaciones particulares en distintos juzgados fueron anteriores a las que luego hicieron, el 13 de febrero, la Unión Cívica Radical (UCR) en el Tribunal Superior de Justicia, y el 16 de febrero, por cuerdas separadas, el Partido Obrero (PO) y el Movimiento Socialista de los Trabajadores MST Nueva Izquierda. La UCR la había presentado en el Superior Tribunal de Justicia, que la derivó al Juzgado de Primera Instancia N° 2 a cargo del juez Francisco Marinkovic, adonde se venían acumulando el resto, y se habían dirigido directamente los partidos de izquierda. La resolución- Según consta en el escrito del Dr. Marinkovic, el fallo hace lugar a la demanda promovida por los Sres. Javier Stoessel, Diana M. Huerga Cuervo, Sara Beatriz Murdoch, Ana Carolina Miró, Juan José Ortega Victoriano Alfonso Lobo, y por los partidos: Movimiento Socialista de los Trabajadores (MST), Partido Obrero y Unión Cívica Radical contra el Estado de la Provincia de Santa Cruz. Al respecto, declara la “inconstitucionalidad de los Artículos 4º y 5º de la Ley 2052, según reforma de la ley 3415, en cuanto incluyen en ese régimen de ‘lemas’ las categorías de gobernador y vicegobernador; por ser violatorias de los artículos 1, 3, 77, 78 y 114 de la Constitución Provincial; 1, 5, 31, 37 y 75 inciso 22 de la Constitución Nacional” y pactos de la CN. El magistrado además sostiene que el demandado “debe abstenerse de aplicar dicha norma en el presente y futuros procesos electorales, para las candidaturas de gobernador y vicegobernador”. En el fallo también se rechaza el planteo de inconstitucionalidad presentados por la UCR y el PO, relacionado con la supuesta violación de los artículos 79 y 80 de la Constitución Provincial y 38 de la Nacional. Finalmente, le impone las costas al Estado Provincial. Por qué contra el Ejecutivo y no otro poder del Estado Un dato importante a tener en cuenta es que el único demandado –en el fallo del Dr. Marinkovic- es el Estado Provincial. No son demandados ni el Partido Justicialista ni el Frente de la Victoria; a ellos les dio intervención el Juez de Oficio, entendiendo que son partidos que representan un interés general y los “citó a juicio” para ser oídos, en cuanto lo creyeran necesario, pero no son parte demandada. En cuanto a los dichos del Poder Ejecutivo que diera cuenta TiempoSur la semana pasada, donde cuestionaba que no se hubiera requerido el informe de la ley de amparo al Poder Legislativo que fue el órgano que aprobó la ley, en realidad esto debe ser así –según explicaron fuentes judiciales- ya que en todos los casos en que se cuestiona la inconstitucionalidad de una ley, la persona demandada es el Estado Provincial y este tiene una única representación. También se presentó el partido KOLINA, pidiendo tomar intervención en el proceso, pero equiparando su posición a la de los otros partidos presentados. Ante esta situación, el Juez admite la participación de KOLINA como partido político, y además optó por citar a todos los partidos políticos inscriptos en Santa Cruz. Cabe señalar que también se presentó Encuentro Ciudadano, adhiriendo al pedido de declaración de inconstitucionalidad de la Ley de Lemas. Temas ley de lemas Lás más leídas en Política 1 "De ninguna manera el dólar está atrasado", dijo Milei Santa Cruz 2 Prefectura aeroevacuó a un tripulante en un riesgoso operativo Santa Cruz 3 Javier Milei echó a la hija de Domingo Cavallo de la embajada argentina ante la OEA Santa Cruz 4 Echaron al titular de la ANSES Mariano de los Heros: ya tiene reemplazo Santa Cruz 5 Quién es Fernando Bearzi, el nuevo titular de la ANSES Santa Cruz