Política

Juzgado de Primera Instancia volvió a intimar y multar al SOEM por bloqueos

Ante el accionar sindical del SOEM en la ciudad capital y la medida de fuerza, el Juez a/c del Juzgado de Primera Instancia Nº2 en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería, Dr. Francisco Marinkovic ha dispuesto una multa por el incumplimiento en la labor y por los bloqueos. 

  • 27/05/2015 • 00:00
Foto C.R.
Foto C.R.

Según lo expone la disposición emitida por el Juez a/c del Juzgado de Primera Instancia Nº2 en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería, Dr. Francisco Marinkovic “Viisto los Hechos expuestos en la presentación a despacho, y lo que surge del informe remitido por la Jefatura de la Policía de la Provincia de Santa Cruz, agregado a fojas 46/49, entiendo procedente hacer lugar a lo solicitado, haciendo hágase efectivo el apercibimiento establecido en la providencia de fojas 36 segundo párrafo, aplicando al Sindicato de Empleados y Obreros Municipales (S.O.E.M.) una multa de PESOS CUARENTA MIL ($ 40.000,00) por el incumplimiento de la medida en el día de la fecha (Sin perjuicio de la multa dispuesta en el primer párrafo de fojas 36)”.
 
Más adelante, la intimiación explica que “El incumplimiento que da fundamento a la medida aquí dispuesta se ha materializado al bloquearse totalmente, por parte del S.O.E.M., el acceso a la Playa de Estacionamiento de la Municipalidad de Rio Gallegos, ubicada sobre la calle Don Bosco y Errázuriz, impidiendo así la libre circulación de los camiones recolectores de residuos, compactadores, atmosféricos, succionador y desobstructor, impidiendo con ello, a su vez, el cumplimiento de las guardias mínimas dispuestas y ordenadas en la resolución de fecha 22 de Abril de 2015”.
 
Por otra parte, da cuenta que “es de hacer notar que tal incumplimiento, impidiendo la recolección de residuos y mantenimientos de las redes pluvio cloacales, acarrea el inevitable compromiso de la salud de la población de Río Gallegos, con los imprevisibles perjuicios consecuentes, sumado al daño al medio ambiente, aparición de roedores, accionar de perros sobre los residuos depositados en la vía pública, etc”.
 
La medida emitida por el Juzgado rescata que “se trata de garantizar el cumplimiento de las guardias mínima, de permitir el libre ejercicio de trabajar de aquellas personas que eventualmente no adhieran a la medida de fuerza”.
 
“En conclusión, corresponde intimar al Sindicato de Empleados y Obreros Municipales (S.O.E.M ), a dar integró cumplimiento con las medidas ordenadas en la resolución de fecha 22 de abril de 2015, bajo apercibimiento de seguir aplicando la multa dispuesta (...)”. 
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