Coronavirus: Un juez ordenó a un sanatorio a administrarle dióxido de cloro a un paciente
Se trata de un fallo originado por la cautelar que presentó la familia del internado, en grave estado. La clínica se niega a darle dióxido de cloro y apeló.
La Justicia Federal falló a favor de una medida cautelar que obliga al Sanatorio Otamendi a suministrarle dióxido de cloro intravenoso e ibuprofeno inhalado a un paciente que está internado en grave estado con coronavirus.
El juez federal subrogante Javier Pico Terrero ordenó que se le administre al paciente Oscar Jorge García Rúa. El fallo surgió a parir de una presentación judicial del hijastro del hombre, José María Lorenzo, realizada el 7 de enero. El denunciante, cuya madre murió a comienzos de año por Covid-19, exigió nebulizaciones de ibuprofeno de sodio y de dióxido de cloro. Se trató de un tratamiento recetado por el neurocirujano del paciente, Dante Converti (MN: 50.660).
Chubut| El Gobierno articula con Nación
El juez Federal subrogante hizo lugar a la solicitud de la familia del internado al entender que “la cobertura de los tratamientos indicados no ocasionaría un grave perjuicio para la demandada, pero evita, en cambio, el agravamiento de las condiciones de vida de la actora”. A su vez, dictaminó que el sanatorio porteño deberá “garantizar la implementación de los tratamientos prescriptos por su médico tratante”. Al respecto, la institución de salud apeló la medida cautelar.
Críticas de expertos de la Medicina
Hay estupor en la comunidad médica ya que se teme que se marque jurisprudencia para recetar este tipo de tratamiento, que no están autorizados por la Sociedad Argentina de Infectología (SADI) y la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT). Estos organismos alertaron sobre la peligrosidad de aplicar esta sustancia.
Chubut| El Gobierno realizó obras de refacción en la Escuela N° 7706 de Piedra Parada
En este sentido, el presidente de la SADI, Omar Sued, en diálogo Perfil, manifestó: “Que un juez decida que un médico tiene que aplicar una sustancia para la cual no hay ninguna evidencia científica es realmente preocupante, sobre todo cuando es en forma endovenosa. No es decisión de un magistrado administrar una medicación que no conoce en un paciente, no es su rol”.
“El Ministerio de Salud debería evaluar cuál es la legitimidad que tiene un médico para recomendar terapia que la misma ANMAT alerta su riesgo de toxicidad”, planteó.
Mientas se trata la apelación, el Sanatorio Otamendi administró al paciente, aclarando que no fue bajo su responsabilidad, ibuprofeno de sodio y el dióxido de cloro.