Bancos y billeteras virtuales

A partir de qué montos AFIP controla gastos con tarjeta y plazos fijos

Bancos y billeteras virtuales deberán informar sobre los movimientos de cuentas, plazos fijos y operaciones con tarjetas. 

  • 01/05/2023 • 08:21

A partir de este lunes 1 de mayo, los bancos y las billeteras virtuales deberán informar a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) los movimientos en cuentas, plazos fijos y operaciones con tarjetas de crédito y débito que superen ciertos montos mínimos.
 
Operaciones con tarjeta de débito y crédito
 
El monto mínimo de una operación para ser informados a la AFIP es de $200.000 desde hoy. La medida incluye: depósitos, transferencias recibidas, saldos en cuenta, acreditaciones, extracciones, saldos de las cuentas y suscripción y liquidación de depósitos en plazos fijos. Se informará a AFIP si el consumo en tarjeta de debido es de $120.000 o más.
 
También avisarán a AFIP cuando el monto de la operación - sea ingreso o egreso de efectivo, transferencia bancaria, en moneda extranjera, moneda digital por transferencia bancaria o virtual - iguale o supere los $400.000.
 
Plazo Fijo: cuando informan a AFIP
 
La Resolución General 5348/2023 incluye también a quienes tengan un plazo fijo. La cifra mínima para informar las acreditaciones, extracciones, saldos de las cuentas y depósitos a plazo fijo es de $200.000. En tanto, el monto mínimo a partir del cual las entidades financieras deben reportar consumos con tarjeta de débito se incrementó a $120.000.