El Gobierno asistirá a productores avícolas afectados por influenza aviar
Será a través de la creación del "Programa de Asistencia Económica por la Emergencia Sanitaria - Influenza Aviar H5 y H7", que se financiará con $ 7.450 millones de fondos provenientes del Fondo Incremento Exportador.
El Ministerio de Economía creó en el ámbito de la Secretaría de Agricultura, el "Programa de Asistencia Económica por la Emergencia Sanitaria – Influenza Aviar H5 y H7", que se financiará con $ 7.450 millones de fondos provenientes del Fondo Incremento Exportador, conformado por una parte de las liquidaciones de divisas de las agroexportaciones.
“Grooming Latam”, la primera red global de lucha contra el grooming en Latinoamérica
Así se informó a través de la Resolución 638/2023 publicada hoy en el Boletín Oficial. La norma precisa que el objetivo del programa, que estará en vigencia por 180 días a partir de mañana, consiste en asistir a los productores avícolas en la mitigación del impacto económico ocasionado por el sacrificio sanitario de aves de corral y destrucción de huevos fértiles y frescos, con motivo de la detección o sospecha de contagio de Influenza Aviar H5 y H7, mediante la asignación de un beneficio económico.
Al respecto, se determinó que podrán ser beneficiarios todos aquellos productores y productoras avícolas que tengan registrado el establecimiento bajo su titularidad en el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (RENSPA) del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA).
Deberán figurar en alguna de las categorías asociadas a aves producción, carne o huevo, recría, reproducción de padres pesados o livianos, abuelos pesados, planta de incubación y agricultura familiar.
Además, tienen que haber sido afectados por una medida de sacrificio de aves de corral o destrucción de huevos fértiles o frescos, con motivo de la detección o sospecha de contagio del virus de Influenza Aviar H5 y H7.
Del mismo modo, deberán no haber obstaculizado o impedido la labor de los agentes del SENASA en ninguna de las instancias del procedimiento de intervención de emergencia sanitaria, y haber notificado de manera inmediata al organismo ante la aparición de síntomas de Influenza Aviar (H5/H7).
Asimismo, tendrán que encontrarse debidamente habilitados y que los animales presentes en el establecimiento al momento de realizar las acciones sanitarias hayan ingresado oportunamente al mismo, amparados por la documentación sanitaria correspondiente.
El programa destinará $ 7.450 millones para la cobertura de los beneficios, en función de la disponibilidad presupuestaria.
Los interesados en obtener el beneficio, a partir del sexto día hábil siguiente de la fecha de expedición del acta de sacrificio correspondiente y hasta un plazo máximo de 30 días posteriores, deberán ingresar a través del servicio Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca, Autogestión SAGyP del sitio web de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
ANMAT retiró del mercado dos lotes de un producto deportivo
También tendrán que solicitar expresamente el beneficio en el marco del programa, autorizar al SENASA a suministrar a la autoridad de aplicación la información correspondiente, constituir domicilio en una casilla de correo electrónico que será válida a todos los efectos legales, notificaciones y requerimientos de información, indicar una Clave Bancaria Uniforme (CBU) de una cuenta bancaria en moneda pesos a su nombre, e ingresar los demás datos necesarios para efectivizar el beneficio.
(DIB)