Oficializan la reglamentación de los beneficios para monotributistas
La normativa sancionada por el Congreso habilitó un “puente” que permite a los monotributistas que se conviertan en autónomos experimentar un ahorro significativo en su carga tributaria.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) formalizó la reglamentación del Régimen de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para Pequeños Contribuyentes, una ley que alcanza a los más de cuatro millones de monotributistas, a través de la resolución general 5003/2021 publicada en el Boletín Oficial.
La misma instrumentó la actualización de los parámetros y valores de las categorías a ingresar por los monotributistas, que tendrán efectos retroactivos a partir del primero de enero de 2021.
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Los cambios reglamentados por la AFIP benefician a todos los monotributistas ya que establecen un régimen permanente que hace menos gravoso pasar al régimen general.
La normativa sancionada por el Congreso habilitó un "puente" que permite a los monotributistas que se conviertan en autónomos experimentar un ahorro significativo en su carga tributaria, en relación con el monto que deberían pagar si no se introducen los cambios propuestos.