Servicio doméstico: cuánto aumenta el salario desde abril
Se conoció el número del aumento que recibirán las personas que trabajan en el servicio doméstico.
El servicio doméstico recibirá cambios en los salarios y se conocieron los detalles.
El Gobierno decidió fijar un aumento del 28% sobre las remuneraciones horarias y mensuales mínimas del servicio doméstico, y en abril se terminaría de completar el esquema, con un 10% no remunerativo.
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Según lo informado hasta el momento, el personal para tareas generales con retiro pasaría a cobrar $ 22.765,50 por mes, o $185 por hora.
De esta manera, la suba salarial se pautó de forma gradual: 10% a partir del 1° de diciembre; 8%, no acumulativo, a partir del 1° de febrero de 2021; y 10%, no acumulativo, a partir del 1° de abril de 2021.
Hace tres semanas fue presentado en el Senado de la República un proyecto de ley que plantea que esos servicios se hagan bajo la firma de un contrato a ser notificado al Ministerio de Trabajo, donde serían acordados los salarios.
Establece además que esos trabajadores tendrían derecho a vacaciones pagas, a la seguridad social, riesgos laborales, prestaciones, garantías de servicios de salud y de pensiones para lo que deberán cotizar.
Otorga libertad sindical y precisa que los trabajadores domésticos con la firma del contrato adquieren todas las obligaciones de ejercer sus labores con responsabilidad y eficiencia, quedando en manos del Consejo Laboral determinar las sanciones ante el incumplimiento en que incurra el empleado.
“Los riesgos laborales de los trabajadores domésticos bajo relación de dependencia serán garantizados en las disposiciones propias para el subsector, cubiertos por el fondo de cotización directa del empleador, como asegurados obligatorios especificados en el contrato, igual le serán cubiertos, con cotizaciones compartidas, todo tipo de prestaciones de salud y pensiones”, refiere el artículo 22 de la propuesta realizada en su momento.
“Los empleadores están obligados a deducir estos montos del salario del empleado (a) y remitirlos a la Tesorería Nacional dentro de los primeros tres días del mes posterior, a través de un mecanismo ágil y fácil, que no cause molestia, que deberá establecer en el reglamento el Consejo Laboral del Trabajo Doméstico”, planteaba el proyecto.