La Justicia respaldó al Gobierno  

Nuevo revés judicial para los trabajadores de Télam

El mismo día en que se conoció la orden de cerrar todas las corresponsalías de la agencia en el país, la Sala V de la Cámara Contencioso Administrativo Federal rechazó la apelación a un amparo presentado por la Federación Argentina de Trabajadores de Prensa (FATPREN) contra el DNU 70/2023

  • 03/05/2024 • 23:21

La resistencia de los trabajadores de Télam sufrió este viernes un nuevo revés judicial en su lucha por evitar el cierre del medio, el mismo día en que se dio a conocer la orden de cerrar todas las corresponsalías que la agencia de noticias estatal tiene el país.

Los jueces Guillermo F. Treacy y Jorge Federico Alemany, de la Sala V de la Cámara Contencioso Administrativo Federal, confirmaron el rechazo al amparo que había presentado la Federación Argentina de Trabajadores de Prensa (FATPREN) cuestionando la derogación de la Ley de Sociedades del Estado y la transformación de Télam y de Radio y Televisión Argentina en sociedades anónimas hecha por el DNU N°70/2023, acción de la que se enorgulleció el presidente Javier Milei durante la apertura de sesiones en el Congreso de la Nación, cuando anunció el cierre de la agencia.

Lo que cuestiona el gremio es la derogación de la ley 20.705 y la transformación de Radio y Televisión Argentina SE y Télam SE en sociedades anónimas, eliminando por completo las prerrogativas de derecho público, ventajas y/o beneficios que les corresponden en tanto empresas públicas.

El primer revés para FATPREN fue en el Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°3, a cargo del juez Santiago Carrillo. El magistrado había rechazado la acción por considerar que el sindicato no tiene legitimación para promover tal acción, ya que “no demostró que la transformación del tipo societario aquí en cuestión afectaba de manera concreta, directa, e inmediata los derechos de sus representados”.

Ahora, tras la apelación, los jueces de la Sala V de la Cámara Contencioso Administrativo Federal utilizaron los mismos motivos para confirmar el rechazo, dejándole abierta la posibilidad a los trabajadores de presentar un nuevo amparo y seguir su camino hasta la Corte Suprema de Justicia.

Por otro lado, este revés pone en jaque mate a los empleados de la agencia, a quienes, a modo de ultimátum, les dieron hasta el 10 de mayo para plegarse al retiro voluntario. Quienes no desean hacerlo, tampoco tienen respuestas concretas de qué será de su futuro, si los reasignarán en otro área del Estado o si los despedirán y deberán buscar su indemnización a través de un largo proceso judicial.

Horas antes del fallo, el Gobierno nacional solicitó el cierre de las corresponsalías que la agencia de noticias Télam tiene en varios puntos del país, dos meses después de que el Ejecutivo pusiera fin al servicio informativo y pasara a disponibilidad a la totalidad de su planta.

 

El Ejecutivo hizo oficial el pedido a través de la presentación de un Memorándum dirigido a las autoridades de las distintas áreas de la empresa del Estado, tales como Walter Silva, Valeria Posadas, Carlos Avaca, Maximiliano García y Carlos Digiano. El documento lleva la firma de Diego Martín Chaher, interventor de la agencia de noticias.

“Se instruye a las áreas correspondientes de la empresa para que, dentro del ámbito de sus competencias, articulen propuestas de plan de acción para dar inicio a la ejecución tendiente al cierre operativo de las corresponsalías de la empresa”, ordena el escrito.

Estas sedes se encuentran en las ciudades de Resistencia, Chaco; Bahía Blanca y La Plata; provincia de Buenos Aires; Paraná, Entre Ríos; Santa Rosa, La Pampa; Posadas, Misiones; Viedma, Río Negro; Salta, Salta; Santa Fe y Rosario, Santa Fe; Ciudad de Córdoba, Córdoba; Corrientes, en su provincia homónima; y en Mendoza Capital, Mendoza.

“A tal fin, deberán preverse las acciones necesarias tendientes a inventariar y poner a resguardo patrimonial los bienes pertenecientes a la empresa, y asegurar la restitución de los bienes personales a los empleados ya desvinculados y aquellos dispensados del débito laboral con goce de haberes”, agrega el texto.

En ese sentido, el documento indica que “deberá procederse a la rescisión de los contratos de locación en el caso de las corresponsalías cuyo inmueble conserve a la fecha contrato de locación vigente”. (Infobae)