Elecciones ¿Qué situaciones se pueden presentar en el escrutinio? A días de las elecciones, te detallamos los tipos de votos que se pueden presentar si te tocó ser autoridad de mesa o fiscal. 27/07/2019 • 16:43 Detener audio Escuchar Al realizar el escrutinio, los fiscales junto a las autoridades de mesa deben decidir sobre la validez de los votos. Ante ello cabe destacar que existen cinco tipos de situaciones que pueden presenciar: En primer lugar los votos válidos que son los emitidos mediante una boleta oficializada. Si en un mismo sobre se encuentran dos o más de ellas correspondientes al mismo partido, se computará solo una de ellas. Los votos nulos son aquellos emitidos mediante boleta no oficializada, o con papel de cualquier color con inscripciones o imágenes de cualquier naturaleza; mediante boleta oficializada que contenga inscripciones y/o leyendas de cualquier tipo, salvo los supuestos de voto válido; mediante dos o más boletas de la misma categoría de candidatos y diferente agrupación política; mediante boleta oficializada que por destrucción parcial, defecto o tachaduras, no contenga, por lo menos sin rotura o tachadura, el nombre del partido y la categoría de candidatos a elegir y cuando en el sobre juntamente con la boleta electoral se hayan incluido objetos extraños a ella. Asimismo, los votos en blanco son aquellos sobres vacíos o con un papel que no contiene inscripciones ni imágenes referidas a las elecciones. También se encuentran los votos recurridos que, su validez o nulidad se encuentra cuestionada por algún fiscal presente en la mesa. Frente a ello, dicho fiscal deberá fundar su pedido con expresión concreta de las causas que se asentarán sumariamente en volante especial que proveerá la Junta. Dicho volante se adjuntará a la boleta y sobre respectivo, y lo suscribirá el fiscal cuestionante con su nombre y apellido, el número de documento, domicilio y partido político a que pertenece. Ese voto se anotará en el acta de cierre de comicios como “voto recurrido” y será escrutado oportunamente por la Junta, que decidirá sobre su validez o nulidad. Por último, se encuentran los votos impugnados, estos son emitidos por un elector cuya identidad ha sido cuestionada por las autoridades de mesa o los fiscales. Temas Elecciones Lás más leídas en Info General