Productos A partir de hoy rige la Ley de Etiquetado Frontal: qué cambios se verán en las góndolas Los productos alimenticios deberán exhibir su contenido en una etiqueta con información nutricional. 20/08/2022 • 12:45 Detener audio Escuchar A partir de este sábado comienza a regir la Ley de Etiquetado, por la cual los supermercados y grandes cadenas deberán exhibir en los productos con sus respectivas etiquetas negras para advertir al consumidor si el producto tiene exceso de azúcares, grasas totales, grasas saturadas, calorías y sodio. Mira TambienCulminó el marcado de puntos seguros en el barrio San Benito de Río Gallegos Este cambio ocurre de acuerdo con la ley 27.642 publicada en el Boletín Oficial en noviembre del año pasado, a través de la cual se busca garantizar el derecho a la salud y a una alimentación adecuada. En tanto, el 23 de marzo de este año se publicó el Decreto 151/2022 en el Boletín Oficial, con el que el Gobierno Nacional aprobó la reglamentación de la Ley de Promoción de la Alimentación Saludable (27.642) conocida popularmente como la Ley de Etiquetado Frontal. Así quedó establecida la obligación de las empresas alimenticias de informar sobre los productos que tienen excesos de componentes que pueden ser nocivos para la salud. La medida comienza a regir el este sábado para las grandes cadenas de supermercado, mientras que las empresas pequeñas o medianas tendrán tiempo hasta el 20 de febrero de 2023 para incorporar el etiquetado. El Ministerio de Salud, en tanto, informó que un 35% de las 2.658 solicitudes de prórroga para la implementación de las etiquetas fueron aprobadas. De hecho, se remarcó que “del total de registros con autorización sanitaria, solo un 3,13% fueron prorrogados y corresponden en su mayoría a grandes empresas y pymes”. De acuerdo a lo indicado por el organismo, los pedidos de prórroga se pueden realizarse en caso de una limitación con motivos justificables “en el cumplimiento del cronograma de implementación para la adecuación a la declaración del rotulado frontal”. La Administración Nacional de Medicamentos Alimentos y Tecnología (ANMAT) estableció el Sistema de Declaración de Sellos y Advertencias Nutricionales que define los procedimientos y plazos para la declaración jurada, solicitudes de prórroga y casos especiales. Mira TambienDía de la infancia en Río Gallegos: los 10 regalos que podes conseguir por menos de $1000 Entre los rubros que se presentaron se encuentran: golosinas, mermeladas, jaleas, dulces y confituras, panificados y galletitas, embutidos y conservas cárnicas, lácteos, bebidas alcohólica, frutas y verduras procesadas. También lo hicieron empresas vinculadas a cereales y pastas, salsas y aderezos, postres y polvos para preparados, snacks, helados, sopas y caldos, café y té. Con esta herramienta junto al Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos (Sifega) se puede elaborar una "calculadora de sellos", un instrumento de acceso público y abierto que permite realizar los cálculos que indican cuáles son los productos cuyos nutrientes críticos son iguales o superiores a los límites definidos en la ley. Temas ley etiquetado Lás más leídas en Info General 1 Más de 47 mil personas visitaron las Áreas Naturales Protegidas de Chubut Santa Cruz 2 Investigadora chubutense desarrollará estancia en la Universidad de Wisconsin Santa Cruz 3 Se observa un alto índice de personas que conducen sin licencia Santa Cruz 4 Córdoba asiste a las localidades afectadas por las intensas lluvias Santa Cruz 5 Asamblea de organizaciones LGBTI+ en respuesta al discurso de Milei en Davos Santa Cruz
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