Pago Aguinaldo para jubilados en diciembre: lo que hay que saber Se trata del segundo pago del sueldo anual complementario (SAC) a los trabajadores de empresas privadas y del sector público que los empleadores deben abonar antes del sábado 18 de este mes. 04/12/2021 • 19:20 Detener audio Escuchar Se trata del segundo pago del sueldo anual complementario (SAC) a los trabajadores de empresas privadas y del sector público que los empleadores deben abonar antes del sábado 18 de este mes La Anses anunció que más de siete millones de jubilados y pensionados cobrarán el aguinaldo en diciembre, que se depositará en forma automática junto con el haber de este mes que ya tendrá el aumento del 12,11% por la nueva Ley de movilidad previsional. “Esto implica que una persona que percibe el haber mínimo en diciembre de 2021, cobrará $43.592, mientras que una persona con ingresos equivalentes a dos haberes mínimos recibirá $87.185″, precisó un comunicado de la Anses. Las pensiones no contributivas comenzaron a cobrar según terminación de DNI desde el primer día del mes, las jubilaciones con haberes que no superen $32.664 lo harán el 7 de diciembre, y las que superen este haber comenzarán a percibirlo desde el 17. En tanto, en el caso del personal de casas particulares, los empleadores deben abonar el SAC durante diciembre y también se calcula tomando el 50% del mejor sueldo del último semestre. Si la prestación de servicios es inferior a los seis meses, deberá liquidarse en forma proporcional a los meses trabajados. Por ejemplo, si se trabajó solo cuatro de los últimos seis meses, corresponderá como SAC el 66,67% (cuatro meses sobre seis) del 50% del mejor sueldo de los últimos cuatro meses. Mira TambienPampita habló de cómo es su vínculo con Benjamín Vicuña tras su polémica separación ¿Cómo se calcula el aguinaldo? La Ley de Contrato de Trabajo establece que el aguinaldo debe ser equivalente al 50% de la mayor remuneración mensual devengada en todo concepto de cada semestre. Para calcular el primer aguinaldo se toma en cuenta los salarios de enero a junio. El cálculo debe incluir el salario básico, las horas extras y otros plus que se hayan percibido. Asimismo, para la segunda cuota del aguinaldo se toma en cuenta los salarios de julio a diciembre. En el caso de que un trabajador no haya trabajado todo el semestre completo, la fórmula que debe emplearse es: aguinaldo multiplicado por días trabajados, dividido 180 (los días del semestre). Temas aguinaldo jubilados diciembre 300x250x6300x250x7300x250x10300x250x12 Lás más leídas en Info General 1 Bomberos sofocan incendio en un rodado Santa Cruz 2 La Municipalidad de Río Gallegos acerca salud a 28 de Noviembre Santa Cruz 3 Falleció Álvaro Mangino, uno de los sobrevivientes de la Tragedia de los Andes Santa Cruz 4 Conoce las actividades que se realizaran por la Gesta de Malvinas Santa Cruz 5 Municipio avanza con la recuperación y mantenimiento de la trama vial Santa Cruz