ANSES asistirá a familiares de trabajadores esenciales fallecidos durante la pandemia
La medida fue promulgada por el Poder Ejecutivo Nacional y está dirigida a los fallecidos por Coronavirus hasta el 31 de diciembre de 2020. Equivale a dos jubilaciones mínimas.
A partir de la Ley 27.549, sancionada por el Congreso Nacional en junio de 2020, el Gobierno nacional estableció la creación de una prestación previsional especial para los derechohabientes de fallecidos por coronavirus, la cual se paga a través de ANSES. Se trata de una pensión vitalicia, un beneficio adicional compatible con otras prestaciones, con un valor equivalente a dos jubilaciones mínimas, el cual se actualizará de acuerdo a la Ley de Movilidad Jubilatoria.
En este marco, Nación publicó una serie de aclaraciones respecto a las condiciones para cobrar la Pensión vitalicia ANSES para familiares de víctimas de COVID-19.
Aplica a trabajadores de los sistemas de salud pública y privada (incluidos los de gastronomía, maestranza y limpieza), personal de las Fuerzas Armadas, personal de las Fuerzas de Seguridad, personal de la actividad Migratoria, personal de la actividad Aduanera, bomberos y recolectores de residuos domiciliarios y de residuos patogénicos.
Los familiares que pueden cobrar la pensión vitalicia por COVID-19 son cónyuges, convivientes, hijos/as solteros/as hasta los 21 años de edad, hijos/as solteros/as hasta los 25 años si a la fecha del fallecimiento del causante percibían alimentos, hijos/as solteros/as sin límite de edad cuando sus capacidades se encontraren restringidas e hijos/as solteros/as, viudos/as y divorciados/as sin límite de edad a cargo del causante, cuando se encontraren con incapacidad para trabajar.