El Ministerio Público Fiscal fueguino está entre los peores en eficacia, según ranking nacional
De acuerdo al nuevo informe realizado y publicado por el Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP), el MPF de Tierra del Fuego está entre los peores, en el ranking que mide la eficacia político-criminal de los Ministerios Públicos Fiscales en el ámbito nacional. Los datos corresponden a 2022 y fueron trabajados en el contexto de una microinvestigación del INECIP, que procesó una serie de datos básicos sobre la estructura y funcionamiento de los MPF de todo el país.
El trabajo, aseguran, tiene el objetivo de “fomentar que los MPF planifiquen estratégicamente sus políticas de persecución penal en base a información”, además de “concientizar a las autoridades de los MPF sobre la necesidad de evaluar el desempeño de sus políticas de persecución penal, como insumo básico para mejorar su impacto sobre la criminalidad y en la tutela judicial de las víctimas”.
La tasa básica de eficacia político-criminal es un indicador que “busca responder a una pregunta tan sencilla como relevante para cada uno de los MPF que actúan en Argentina: ¿en cuántos casos penales que le ingresan, el MPF logra obtener una salida con incidencia político-criminal, aunque sea mínima o potencial? En otras palabras, en cuántos casos las fiscalías logran el objetivo (ya que eso es la eficacia) político-criminal más básico. Se trata de una instancia mínima y elemental de evaluación”.
Como crítica, el informe afirmó que “la tasa básica de eficacia político-criminal es un indicador elemental, que busca echar luz sobre `por dónde empezar` a medir el desempeño de un Ministerio Público. Su punto de partida es un diagnóstico evidente en Argentina: los MPF son organizaciones que, pese a su relevancia, actualmente registran muy pocos datos (generalmente, sólo la cantidad de casos ingresados), en forma muy deficiente. Allí donde sí se registran datos, prácticamente no se produce información que permita darle un sentido a esos datos, es decir, utilizarlos para comprender mejor la realidad institucional o su impacto. Por último, donde la información sí se produce, generalmente no es usada para tomar decisiones tan relevantes como las que deben tomarse en las cúpulas de estas complejas organizaciones, en donde rigen principios como la jerarquía y la unidad de actuación”.
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Agregó que “la consecuencia es que no se tomen decisiones, dejando todo librado a la inercia o a las decisiones aisladas de cada fiscal, de otros actores de la burocracia fiscal, o incluso de la policía; o que las decisiones se tomen en base a intuiciones, “ruidos”, pero no a información rigurosa. Ante esa realidad, el primer paso para promover la toma de decisiones basada en datos y democráticamente controlable no debe ser la construcción de sistemas de información híper-sofisticados, que desde hace 20 años se intentan aplicar sin éxito. Por el contrario, como todo primer paso, se necesita que sea simple y realizable, y que eche luz sobre los problemas centrales que tienen hoy los MPF para comenzar a generar impactos positivos sobre la sociedad”.
El informe también difundió un “ranking de opacidad” que integran los MPF de Tucumán, San Juan, Tierra del Fuego, Misiones, Córdoba, Formosa, La Pampa y Santiago del Estero. “No enviaron ni siquiera los 4 indicadores más elementales (ingresos, condenas, suspensiones de juicio a prueba y acuerdos reparatorios) que permitirían medir la eficacia básica, pese al plazo de más de 3 meses con el que contaron, y a las reiteradas solicitudes enviadas. Estos datos tampoco son publicados en sus sitios web”, puntualizaron desde INECIP.
“Formosa, Misiones y Tierra del Fuego son 3 de las 5 provincias del país que siguen regidas por los oscurantistas sistemas inquisitivos o “mixtos”, cuya despreocupación por los resultados no es novedosa. San Juan, por su parte, se encontraba en 2022 en un proceso de transición hacia el sistema acusatorio. Sin embargo, Córdoba, La Pampa, Santiago del Estero y Tucumán son provincias con sistemas acusatorios consolidados, cuya falta de datos, a esta altura, sólo puede responder a un desinterés por los datos o, aún peor, a una posible decisión política de ocultar deliberadamente esta información. Esta falta de transparencia activa (no publicar) y pasiva (no responder pedidos de acceso a la información) es una grave violación al derecho a la información pública reconocido en la Constitución Nacional y los Tratados Internacionales de Derechos Humanos”, se señala en el trabajo.