“Garantizar el aislamiento social y preventivo es una obligación”
Así lo manifestaron desde el gobierno de la provincia. Desde las cero horas de hoy está vigente el DNU 297/20 que dispone el aislamiento social preventivo y obligatorio. Desde el Ministerio de Seguridad explicaron las medidas y restricciones vigentes a partir del decreto presidencial.
La Policía de la provincia de Santa Cruz en coordinación con las federales (Policía de Seguridad Aeroportuaria, Prefectura, Gendarmería Argentina, Policial Federal Argentina) comunica a la población que se deberá cumplir con Decreto 297/2020 establecido por el gobierno nacional para el aislamiento social preventivo y obligatorio que busca mitigar la propagación del coronavirus en todo el país. Se solicita a todos los vecinos y vecinas cumplir con las disposiciones para facilitar el trabajo de las áreas operativas en el marco de la emergencia sanitaria.
Cómo son los controles por parte de la fuerza en el aislamiento social
Para el cumplimiento del aislamiento preventivo y obligatorio agentes de las fuerzas provinciales se realizarán controles permanentes en rutas, vías y espacios públicos, accesos y demás lugares estratégicos, en coordinación y en forma concurrente con sus pares de las jurisdicciones federales.
Es de imperiosa necesidad la comprensión de la población de la implicancia de las medidas. Todos y todas deberán permanecer en sus residencias habituales o en la residencia en que se encuentren y no circular por los espacios públicos.
Es fundamental entender que quedarse en las residencias implica cumplir con la permanencia en las mismas y abstenerse de concurrir a sus lugares de trabajo. No podrán desplazarse por rutas, vías y espacios públicos. Requerimos de la comunidad cumplimiento de la normativa.
En caso de incumplir el aislamiento se procederá de inmediato a hacer cesar la conducta infractora y se dará actuación a la autoridad competente, en el marco de los artículos 205, 239 y concordantes del Código Penal. Lo mismo ocurrirá con los vehículos que circulen sin autorización procediendo a su retención preventiva.
Además se restringe la realización de eventos culturales, recreativos, deportivos, religiosos. Se suspende la apertura de locales, centros comerciales, establecimientos mayoristas y minoristas –salvo los exceptuados por el DNU 297/20.
Eugenio Quiroga: “Es fundamental quedarse en casa y cumplir con el aislamiento”
Quedan exceptuadas del cumplimiento del ‘aislamiento social, preventivo y obligatorio’ y de la prohibición de circular, las personas afectadas a las actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia: Personal de Salud, Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria, servicio meteorológico nacional, bomberos y control de tráfico aéreo. A estas se suman las autoridades superiores de los gobiernos nacionales, provinciales, municipales, personal de los servicios de justicia de turno, diplomático y consular extranjero acreditado ante el gobierno argentino, personas que deban asistir a otras con discapacidad; Personas que deban atender una situación de fuerza mayor. Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones.
Tampoco rige el aislamiento para las personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos, personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos, supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias, industrias de alimentación, actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca. Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales. Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos. Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias.
Otras de las excepciones son las vinculadas al transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP. Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad. Servicios postales y de distribución de paquetería. Guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de Yacimientos de Petróleo y Gas, plantas de tratamiento y/o refinación de Petróleo y gas, transporte y distribución de energía eléctrica, combustibles líquidos, petróleo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energía eléctrica, la Casa de Moneda, servicios de cajeros automáticos, transporte de caudales y todas aquellas actividades que el Banco Central de la República Argentina disponga imprescindibles para garantizar el funcionamiento del sistema de pagos.
Desde el Gobierno de la provincia se insta a la comunidad a actuar con responsabilidad social. La emergencia sanitaria vinculada al Coronavirus COVID-19 requiere del compromiso de todos y todas.