Se suman medidas cautelares a favor de reclamos por planes de ahorro
Primero fue el juez Bersanelli el que ordenó retrotraer el valor de las cuotas a abril del 2018 tal como se pedía en la demanda y ahora un fallo del Dr. Marinkovic, que dispuso reducir las cuotas que vencieron en septiembre; también suspender las ejecuciones prendarias e intimaciones de pago.
La suba de las cuotas de los planes de ahorro hizo que para mucha gente se haga muy difícil afrontar las mismas, lo cual generó que éstos acudieran a los estudios de abogados para tramitar las presentaciones para la renegociación de los contratos.
Si bien en primera instancia se iba a hacer de manera colectiva, se decidió finalmente abrir más la escala de espera y realizarlos de manera individual. Solamente en Río Gallegos hay cerca de 2000 damnificados por esta situación, a los que se suman vecinos de Caleta Olivia, Piedra Buena, Santa Cruz y Calafate.
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Ante estas presentaciones, la Justicia ya interpuso medidas cautelares con el fallo de dos jueces. Lo que ordenan dichas medidas, en el caso del Juzgado Nº1 a cargo del Dr. Marcelo Bersanelli es retrotraer el valor de las cuotas a abril del 2018 tal como se pedía en la demanda, ya que fue el momento en el que se produce el primer desequilibrio por la devaluación.
En el caso del Juzgado Nº2, a cargo del Dr. Francisco Marinkovic, ha ordenado reducir las cuotas que han vencido en el mes de septiembre, fecha en la que se interpusieron las demandas, y ordenó suspender las ejecuciones prendarias e intimaciones de pago que las empresas suelen hacer cuando los suscriptores se atrasan en las cuotas.
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Valores más proporcionales- Ayer, el Dr. Mauricio Mariani, del estudio Codino, Gómez Bull, Mariani & Pinto, explicó que, tal como estaban establecidas las cláusulas contractuales, las sociedades de ahorro cobran un precio que está atado al precio de lista de la unidad y, obviamente por la depreciación del valor de la moneda nacional, estos incrementos han estado muy por encima de lo que han sido los índices de inflación, y por supuesto muy por encima de los incrementos salariales que tuvieron los trabajadores.
“Lo que estamos planteando es que, en aquellos casos en los que se ha producido un desequilibrio muy importante en el valor de las cuotas (…) la recisión del contrato, tal como lo plantean las concesionarias y las sociedades administradoras, para poder pagar el saldo del precio de la unidad que le ha sido adjudicada, (sea) con valores de plaza que son más razonables y proporcionados a lo que fue el proceso inflacionario de este último tiempo en el país”, expresó.
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Medidas cautelares- Mariani explicó que los fallos son siempre para las personas que son parte de la causa, ya que no es una acción colectiva o genérica que abarque a todas las personas que están en la misma situación. Aquel que entienda que debe reclamar, debe ir a un estudio de abogado y emprender su demanda.
También dijo que con el fallo de Marinkovic, ya tienen sentencias favorables de los dos juzgados que tienen competencia en la materia en la ciudad de Río Gallegos. Sin embargo, aclaró que se trata de medidas cautelares, ya que tramita por la vía de un juicio ordinario y está sujeto a la etapa probatoria, hasta llegar a una sentencia definitiva.
Insistió que la medida cautelar es contra las sociedades de ahorro y terminales automotrices que operan en plaza. Al tiempo que dijo que el juicio lleva su tiempo, por lo que creen que esperan que sea lo más corto posible.
En cuanto al valor de la cuota que no se cobra ahora y si se prorratea a futuro en nuevas cuotas, el abogado indicó que eso va a depender de los resultados que arrojen las pericias que se van a practicar en cada uno de los juicios.