Ley de Movilidad Jubilatoria

ANSES: confirman aumento del 27 % para algunos jubilados

La Administración Nacional de Seguridad Social llevará a cabo una serie de aumentos para el mes de agosto.

  • 02/08/2023 • 09:21

La ANSES, organismo dirigido por Fernanda Raverta, planifica el próximo aumento por la Ley de Movilidad Jubilatoria que habrá en septiembre (se especula que será del 23,32 %), así como también confirmó que cerca de 1.400.000 de jubilados accederán al nuevo suplemento de $ 36.000, luego del incremento al Salario Mínimo, Vital y Móvil.

A partir de la segunda semana del mes, los jubilados pensionados que cobran hasta un haber mínimo comenzarán a recibir sus haberes sumado a un bono, que funciona como refuerzo de ingresos.

 

Mientras tanto, la entidad previsional comenzó a cumplir con el calendario de pagos correspondiente al mes de agosto.

ANSES: qué grupo de jubilados cobran aumento
 
En septiembre, los jubilados del régimen docente cobrarán el tercer aumento por movilidad del año, que será del 27,01 % y favorecerá a más de 160 mil personas. Anteriormente habían tenido incrementos, en marzo del 18,69 % y en junio del 27,33 %, lo que acumula un 91,9 % en los primeros 9 meses del año. Para los jubilados del régimen de docentes universitarios el aumento será del 24,67 % y ayudará a más de 10 mil personas. Anteriormente, habían tenido incrementos en marzo del 21,57 % y en junio del 22,7 %, lo que acumula un 86 % en los primeros 9 meses del año.
 
Calendario de pago a jubilados en agosto
 
Pensiones no contributivas
  • DNI terminados en 0 y 1, a partir del día 1 de agosto de 2023.
  • DNI terminados en 2 y 3, a partir del día 2 de agosto de 2023.
  • DNI terminados en 4 y 5, a partir del día 3 de agosto de 2023.
  • DNI terminados en 6 y 7, a partir del día 4 de agosto de 2023.
  • DNI terminados en 8 y 9, a partir del día 7 de agosto de 2023.
 
Jubilados y pensionados con un haber mínimo
  • DNI terminados en 0, a partir del día 8 de agosto de 2023.
  • DNI terminados en 1, a partir del día 9 de agosto de 2023.
  • DNI terminados en 2, a partir del día 10 de agosto de 2023.
  • DNI terminados en 3, a partir del día 11 de agosto de 2023.
  • DNI terminados en 4, a partir del día 14 de agosto de 2023.
  • DNI terminados en 5, a partir del día 15 de agosto de 2023.
  • DNI terminados en 6, a partir del día 16 de agosto de 6023.
  • DNI terminados en 7, a partir del día 17 de agosto de 2023.
  • DNI terminados en 8, a partir del día 18 de agosto de 2023.
  • DNI terminados en 9, a partir del día 22 de agosto de 2023.
 
 
Jubilados que perciben más de un haber mínimo
  • DNI terminados en 0 y 1, a partir del día 23 de agosto de 2023.
  • DNI terminados en 2 y 3, a partir del día 24 de agosto de 2023.
  • DNI terminados en 4 y 5, a partir del día 25 de agosto de 2023.
  • DNI terminados en 6 y 7, a partir del día 28 de agosto de 2023.
  • DNI terminados en 8 y 9, a partir del día 29 de agosto de 2023.