Contra la salud

Aumenta la quema indiscriminada de cables en la ciudad

La recolección informal con fines de venta ha aumentado de manera exponencial en la ciudad a raíz de la crisis socioeconómica. Uno de los mayores problemas radica hoy en la quema de cables para la recuperación de material no ferroso. La práctica es una problemática para la salud de los vecinos que viven en los barrios que se ubican en torno a los recolectores informales. ¿Qué dice la ley? 

  • 27/08/2024 • 10:57
Ilustrativa
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La crisis social que empuja a personas a recolectar e incluso robar cables aún a riesgo de su propia vida. En general se trata de jóvenes que no cuentan con elementos de seguridad ni conocimientos para la tarea, la escalada del precio del cobre que se comercializa y la inacción de la justicia ante las denuncias radicadas por los vecinos afectados, e incluso propias autoridades de gestión de gobierno, ha derivado en un sin control que pagan las familias con su salud y, por supuesto, el ambiente.  

En nuestra ciudad, a comienzos de este 2024 existían alrededor de 15 recolectores informales, número que a esta altura del año se ha aumentado a casi 60 personas que recolectan basura en la ciudad para luego ser vendida a la empresa recicladora, aunque hay grupos que ya cuentan con venta directa hacia el norte del país. 

Si bien la actividad se ha suprimido al interior del vaciadero municipal, en el marco de la medida judicial que rige en Río Gallegos desde el 2015 y la cual se ha atendido durante esta gestión, la práctica se ha trasladado a algunos barrios aledaños, como madres a la lucha, marina, principalmente, donde los vecinos han comenzado a manifestar su preocupación. Maria De Sousa, presidenta de la junta vecinal del barrio Juan Pablo II, confirmó a TiempoSur que “los vecinos están preocupados porque hay grupo de personas que queman cables y las últimas noches fue insoportable el humo, no se podía respirar de lo tóxico que estaba, nos están rodeando de quema cables. Sabemos que es algo difícil de combatir”, y continuó: “Se han realizado exposiciones policiales, la policía va a tomar los datos y más de eso no sucede. Ahora están quemando de noche”. 

“Preocupa el tema de salud, los vecinos que están cerca no pueden abrir las ventanas, la verdad que no sabemos qué acciones tomar, entendemos que debería haber una intervención judicial”, repaso De Sousa. Vale la pena mencionar que los vecinos tienen identificados los lugares donde la práctica de acumulación de chatarra va en aumento, lo que genera también un impacto negativo en el ambiente y en la convivencia del barrio.

Hacer cumplir la ley  

A nivel país existe la Ley 24.051 que regula el tratamiento de los residuos denominados como peligrosos y su tratamiento, los cuales pudieran contaminar el ambiente y dañar la salud de las personas, y sobre los cuales el Estado debería tener el control. A nivel provincial existe la Ley  2.829 de Residuos Sólidos Urbanos, sancionada en 2005. 

La misma establece que “Los residuos sólidos urbanos deberán disponerse en forma definitiva por medio de la metodología de relleno sanitario”, adoptando su tratamiento necesario como puede ser: a) Estabilización biológica, asociada o no a lombricultura, con disposición final en relleno sanitario de la fracción no estabilizada; b) Recuperación de materiales: mediante selección manual o mecánica, con disposición final en relleno sanitario de los materiales no recuperados; Otros métodos de tratamiento, cuyos procesos y productos finales no generen molestias o peligros a la salud pública o contaminación al medio ambiente y que sean aprobados, previo informe técnico de las tareas competentes, por la SubsecretarÌa de Medio Ambiente.

En su artículo 3 expresa la prohibición, en todo el territorio provincial, de: a) La disposición final de residuos sólidos urbanos en vertederos a cielo abierto; b) El abandono, vertido o eliminación incontrolada de residuos, mezclas o diluciones de residuos que imposibiliten su gestión tecnológicamente segura; c) La quema a cielo abierto de los residuos sólidos urbanos; d) El uso de residuos sólidos urbanos para el relleno de lagunas o zonas anegables; e) La selección y extracción informal de residuos en el predio de disposición final y centros de transferencia; f) La presencia de animales de corral y animales domésticos en los sitios de disposición final. 

Vale la pena mencionar que la infracción a la presente prohibición hace pasible al responsable de las sanciones que establece la autoridad de aplicación por vía de la reglamentación correspondiente. “En el caso de comprobarse acciones u omisiones en conductas públicas o privadas que configuren incumplimiento de lo establecido en la presente ley y pongan en peligro la salubridad pública, la autoridad de aplicación podrá tomar a su cargo y ejecutar por cuenta y orden del responsable, todas las acciones que resulten necesarias para lograr el cese del peligro”, expone el artículo 4, mientras que el articulado 5 explica que “los Municipios y Comisiones de Fomento son responsables de sus residuos sólidos urbanos, los que podrán ser tratados y/o dispuestos en forma individual o por asociación entre ellos”.

“Que alguien haga cumplir la Ley”, piden los vecinos