Apuntes Ciudadanos

Cartas Orgánicas: Misiones

“La tendencia a la anomia es en sí misma generadora de los bajos grados de eficiencia y productividad social que subyacen a situaciones de subdesarrollo. (…) La existencia en la sociedad argentina de una pronunciada tendencia general a la ilegalidad y a la anomia resulta bastante fácil de percibir”. (2)  Por Alejandro Rojo Vivot (1)

  • 02/11/2021 • 06:30
La conformación institucional de la Provincia de Misiones fue relativamente tardía pero su Constitución habilitó a los municipios a sancionar sus Cartas Orgánicas.
La conformación institucional de la Provincia de Misiones fue relativamente tardía pero su Constitución habilitó a los municipios a sancionar sus Cartas Orgánicas.

Carlos Santiago Nino (1943-1993)

 

La conformación institucional de la Provincia de Misiones es parte de la segunda camada realizada en tal sentido en Argentina que, comparada con lo sucedido en otros países federales, fue relativamente tardía.

“El municipio gozará de autonomía política, administrativa y financiera, ejerciendo sus funciones con independencia de todo otro poder”. (3) (4)

 

LAS CARTAS ORGÁNICAS

“Los municipios comprendidos en la primera categoría podrán dictarse sus respectivas cartas orgánicas para su gobierno, de acuerdo a los principios contenidos en esta Constitución”. (5)

Los que superan los 10.000 habitantes (primera categoría) contando con Carta Orgánica son 15: Apóstoles (6), Aristóbulo del Valle (7), Colonia Wanda (8), Eldorado (9), El Soberbio (10), Iguazú (11), Leandro N. Alem (12), Montecarlo (13), Oberá (14), Posadas (15), Puerto Esperanza (16), Puerto Rico (17), San Ignacio (18), San Pedro (19) y San Vicente (20).

Sin Carta Orgánica y en condiciones de poseerla son 3. (21)

Es decir, en aproximadamente 15 años (1994-2019) lograron el 83,33 % del cumplimiento del mandato constitucional ya que son 15 sobre 18 las localidades con Carta Orgánica.

Lo que también demuestra que las tres localidades restantes cuentan con numerosas experiencias, en la misma Provincia, para avanzar en los respectivos procesos de redacción de sus cartas orgánicas originarias.

 

ADEMÁS

“(…) Serán electores los ciudadanos del municipio que estén inscriptos en el padrón provincial y los extranjeros, de ambos sexos, que se inscriban en el registro municipal (…)”. (22)

“Los electores del municipio tendrán los derechos de iniciativa, referéndum y destitución”. (23) Notemos que fueron estipulados por la Constitución de la Provincia, en vez de haberlo hecho las respectivas cartas orgánicas apelando a los derechos de autonomía locales. Podrían haber dispuesto: al menos.

“Son atribuciones y deberes de los municipios: 1) convocar a elecciones municipales; (…)

12) dictar las ordenanzas y reglamentos dentro de las atribuciones conferidas por esta Constitución y por ley orgánica de las municipalidades. (24) (25) (26)

En la Provincia de Misiones, 15 municipios sobre 18 habilitados, sancionaron sus respectivas Cartas Orgánicas, entre ellos, Puerto Iguazú en 1994.

SIGLO XXI

Entrados en la tercera década de la actual centuria es oportuno puntualizar algunas cuestiones que pueden contribuir en mucho a generalizar las autonomías locales impactando positivamente en los vecinos, como consolidando el desarrollo sustentable presente y futuro:

1. Difundir extensamente, por distintos medios, el sistema de gobierno en Argentina que incluye las autonomías provinciales y locales.

2. Analizar lo que significa que en cada ciudad exista su respectiva Carta Orgánica redactada en forma participativa con el concurso de los vecinos.

3. Conocer acabadamente algunos textos de cartas orgánicas de las muchas que existen en país.

4. Identificar alternativas de involucramiento ciudadano en asuntos locales que pueden ser desde cuestiones próximas como una plaza barrial hasta las más amplias como la protección ambiental.

5. Indagar sobre experiencias de participación ciudadana que se estén llevando adelante en otras localidades como Audiencias Públicas, Elaboración participativas de normas, Banca del Vecino, etcétera.

6. Averiguar con respecto a fundamentales herramientas democráticas como el Acceso a la Información.

7. Intercambiar experiencias con vecinos de otras localidades con experiencias en participación ciudadana.

8. Promover la capacitación ciudadana.

 

NOTAS Y REFERENCIAS

1) Asesor Externo de la Asociación Ambiente Sur.

2) Nino, Carlos Santiago. Un país al margen de la Ley. Ariel. Página 28. Buenos Aires, Argentina. Junio de 2005.

3) Convención. Constitución. Artículo 161. Provincia de Misiones, Argentina. 1958. Enmienda del Artículo 110° el 15 de diciembre de 1988.

4) Las negritas son nuestras.

5) Convención. Constitución. Artículo 170°. Provincia de Misiones, Argentina. 15 de diciembre de 1988. La primera fue sancionada el 21 de abril de 1954 que fue reemplazada por la de 1958.

6) Convención Constituyente. Carta Orgánica. Apóstoles, Provincia de Misiones, Argentina. Diciembre de 2010.

7) Convención Constituyente. Carta Orgánica. Aristóbulo del Valle, Provincia de Misiones, Argentina. 2012.

8) Convención Constituyente. Carta Orgánica. Colonia Wanda, Provincia de Misiones, Argentina. 21 de diciembre de 2018.

9) Convención Constituyente. Carta Orgánica. Eldorado, Provincia de Misiones, Argentina. Octubre de 2015. Con reformas de octubre de 2018.

10) Convención Constituyente. Carta Orgánica. El Soberbio, Provincia de Misiones, Argentina. 30 de noviembre de 1990.

11) Convención Constituyente. Carta Orgánica. Puerto Iguazú, Provincia de Misiones, Argentina. 24 de junio de 1994.

12) Convención Constituyente. Carta Orgánica. Leandro N. Alem, Provincia de Misiones, Argentina. 21 de diciembre de 2001.

13) Convención Constituyente. Carta Orgánica. Montecarlo, Provincia de Misiones, Argentina. 28 de noviembre de 1994.

14) Convención Constituyente. Carta Orgánica. BO N° 13.600, Año LVI. 15 de noviembre de 2013.

15) Convención Constituyente. Carta Orgánica. Posadas, Provincia de Misiones, Argentina. 26 de octubre de 2010.

16) Convención Constituyente. Carta Orgánica. Puerto Esperanza, Provincia de Misiones, Argentina. 27 de diciembre de 2018.

17) Convención Constituyente. Carta Orgánica. Puerto Rico, Provincia de Misiones, Argentina. 30 de noviembre de 2010.

18) Convención Constituyente. Carta Orgánica. San Ignacio, Provincia de Misiones, Argentina. 30 de agosto de 2018.

19) Convención Constituyente. Carta Orgánica. San Pedro, Provincia de Misiones, Argentina. 4 de enero de 2019.

20) Convención Constituyente. Carta Orgánica. San Vicente, Provincia de Misiones, Argentina. 10 de septiembre de 2013.

21) Sin cartas orgánicas y con población mayor a 10.000 habitantes: Candelaria: 25.140, Comandante Andresito: 22.000, Garupá: 44.441. (Algunas cifras pueden variar, sobre todo las ciudades que conforman el gran Posadas).

La Provincia está integrada por 76 municipios.

22) Convención. Constitución. Artículo 164°. Provincia de Misiones, Argentina.

23) Convención. Constitución. Artículo 165°. Provincia de Misiones, Argentina.

24) Convención. Constitución. Artículo 171°. Provincia de Misiones, Argentina.

25) Aunque los convencionales otorgaron en el artículo anterior el derecho a que los municipios de primera categoría redacten sus propias cartas orgánicas, aquí omitieron agregarlas en el caso que existieran.

26) Cámara de Representantes. Ley Orgánica de Municipalidades N° 257, sancionada el 16 de diciembre de 1964 que reemplazó a la Ley N° 23. Luego fue modificada por la Ley N° 3848, 6 de mayo de 2002. La Ley N° 4168, 22 de diciembre de 2004 fue derogada por la Ley N° 4245, 22 de diciembre de 2005, quedando vigente la Ley N° 3848, lo que a las claras evidencia que esta cuestión generó, al menos, controversias.

 

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