Gobierno Nacional ¿Cuál es el alcance del Decreto de desregulación aérea? Fuentes oficiales señalaron que esta norma es diferente a los acuerdos firmados con diferentes países para avanzar en la política de "Cielos Abiertos". 24/09/2024 • 11:37 Detener audio Escuchar Eñ decreto, publicado este lunes en el Boletín Oficial que avanza con la desrugulación aérea , habilita a que las compañías aéreas argentinas puedan incorporar flota y tripulación extranjera para volar el cabotaje en el país, pero bajo el nombre de la empresa local. No refiere a la posibilidad de que compañías extranjeras puedan volar en el país con sus propios aviones y tripulaciones, según explicaron fuentes oficiales a Noticias Argentinas. Las fuentes aclararon que, este decreto en particular oficializado ayer, no refiere a la posibilidad de que una compañía extranjera venga a operar con sus aviones en el cabotaje nacional, porque eso es resorte de la Secretaría de Transporte de la Nación y los convenios firmados con diferentes países, abarcando la Octava y Novena Libertad. Lo que oficializó el Decreto 844/2024, fue que ahora es la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC), la encargada de autorizar la operación de tripulaciones y aeronaves extranjeras en compañías locales, cuando antes era el Poder Ejecutivo el encargado de hacerlo, lo que derivaba en que, cada vez que se planteaba una excepción, el presidente de la Nación debía sacar un decreto, demorando los trámites. Lo que se hizo, según indicaron, fue simplificar las cosas de manera tal de reducir los tiempos y los trámites, manteniendo la doble vigilancia sobre la seguridad operacional. En ese sentido, explicaron que la posibilidad de que una compañía extranjera venga con sus aviones, sus pilotos y tripulación a volar doméstico en Argentina, es una decisión que no pasa por ANAC y responde a la política de Cielos Abiertos que está implementado el Gobierno nacional. Mira TambienEl Gobierno actualizó los sueldos de las fuerzas de seguridad y penitenciarios Las fuentes detallaron que lo que hoy se está haciendo, es eficientizar los procesos que permitan las operaciones dentro de los artículos 106 y 107 modificados, sin comprometer la seguridad operacional. Un ejemplo de esto es lo que va a ocurrir con JetSMART, que en el mes de octubre incorporará dos aviones a su flota en Argentina con matrícula de Chile, sin la necesidad de matricularlas en el país. En otro orden, las fuentes consignaron que la ANAC se encuentra trabajando “contra reloj” para poder subsanar los 82 hallazgos detectados por la auditoría que la Federal Aviation Administración (FAA) de los Estados Unidos, realizó en el mes de abril de este año y que, de no subsanarse, podrían derivar en la pérdida de Categoría 1 de Argentina. La FAA retornará al país en los próximos meses para una nueva instancia de control del Programa de Evaluación de la Seguridad de la Aviación Internacional (IASA, por su sigla en inglés) y evaluar si el sistema aeronáutico argentino está en condiciones de mantener la Categoría 1, que es la máxima calificación de seguridad operacional, o si corre el riesgo de descender a la Categoría 2. La FAA otorga la Categoría 1 al país que cumple con los estándares de seguridad para la supervisión de la seguridad en la aviación civil que fija la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI). Si una nación es calificada para la Categoría 1, sus operadores pueden brindar servicios directos a los Estados Unidos o asociarse al sistema de código compartido con compañías aéreas estadounidenses. Mira TambienMercados de carne vacuna: las exportaciones crecieron un 23% en agosto Si la FAA comprueba que las normas y regulaciones del país no son las adecuadas para supervisar a las aerolíneas, y que la autoridad aeronáutica civil, la ANAC, presenta carencias que podrían afectar la seguridad de los vuelos que se realizan a los Estados Unidos y/o la de los ciudadanos estadounidenses, degradaría a la Argentina a la Categoría 2. En esa categoría los operadores no podrán iniciar o continuar el servicio a los Estados Unidos de manera normal ni participar en acuerdos recíprocos de código compartido con compañías aéreas estadounidenses y la FAA dejará de aceptar recíprocamente cualquier aprobación o certificación. Además, una pérdida de categoría ante la FAA dispara auditorías de otras autoridades aeronáuticas como EASA, la agencia de seguridad europea. Esto tendría un impacto directo sobre los costos de las compañías, ocasionando un perjuicio económico de importancia para las empresas y para el país, ya que vería reducido su margen de negociación para la llegada de inversores, en un momento en que, precisamente es lo que se busca. Fuentes oficiales señalaron que se está llevando adelante “una tarea prolija”, para responder a las recomendaciones de la FAA, que tienen que ver con certificaciones, actualizaciones del marco regulatorio y capacitación. Temas aclaración Decreto cielo abierto Lás más leídas en Info General 1 Solo 10 de las 24 jurisdicciones tienen información detallada de sus alumnos Santa Cruz 2 Torres: “Los adultos mayores son nuestra prioridad” Santa Cruz 3 Preparativos para la Peregrinación a la Virgen de Güer Aike Santa Cruz 4 Fita se reunió con el STIA por la defensa de los recursos pesqueros y el empleo Santa Cruz 5 Ramos: “La actividad de la pesca se está yendo de la provincia” Santa Cruz