Boletín Oficial Es oficial la eliminación de Ganancias: todos los detalles Se elevó el piso del Mínimo No Imponible a casi dos millones de pesos, lo que equivale a quince Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (SMVyM). 06/10/2023 • 09:39 Detener audio Escuchar A través del Decreto 508/2023, publicado hoy en el Boletín Oficial, el Gobierno promulgó la Ley N° 27.725 sancionada por el Congreso el 28 de septiembre último, que modifica el Impuesto a las Ganancias. Se eliminó el piso del Mínimo No Imponible a casi dos millones de pesos, lo que equivale a quince Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (SMVyM). Regirá a partir de 2024. Mira TambienUn día antes de la sesión, el oficialismo buscará el dictamen del proyecto sobre GNL La nueva legislación crea el "impuesto cedular sobre los mayores ingresos del trabajo en relación de dependencia, jubilaciones y pensiones de privilegio y otros". De esta forma, quienes obtengan los mayores ingresos tendrán derecho a deducir únicamente, en concepto de mínimo no imponible, la suma equivalente a 180 salarios mínimos. El decreto de promulgación de la Ley de Ganancias En el caso de los mayores haberes a 15 SMVyM, las alícuotas irán desde el 27 % hasta el 35 %. A partir de 12 SMyVN mensuales, se deberá pagar un 27 % sobre el excedente. Entre más de 12 y 36 salarios mínimos, se pagará el equivalente a 3,2 SMVyM más un 29 % sobre el excedente, y entre más de 36 y 60 salarios mínimos, se pagará 10,20 SMVyM más un 31 % sobre el excedente. Entre más de 60 y 84 salarios mínimos, se pagará 17,64 SMVyM más un 33 % sobre el excedente; y para más de 84 salarios mínimos se pagará 25,56 SMVyM más un 35 % sobre el excedente. Se deberá considerar al comienzo del período fiscal el valor del salario mínimo vigente al 1 de enero y que la actualización será el 1 de julio de cada año fiscal. Además, las retenciones realizadas sobre los mayores ingresos netos percibidos durante el primer semestre del año fiscal, se ajustarán considerando el valor del SMVyM vigente en julio. Mira TambienAlejandro Fantino defendió a Javier Milei y Gabriel Katopodis lo cruzó: "Voy a poner todo mi empeño para..." En el caso de los trabajadores en relación de dependencia y para jubilados y pensionados, comprendidos en el impuesto, que vivan en las provincias de La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego y el partido de Patagones, en Buenos Aires, el mínimo no imponible se incrementará en un 22 %. Temas Impuesto ley ganancias Modificación Lás más leídas en Info General 1 Temporal en Río Gallegos: Día de fuertes lluvias y bajas sensaciones térmicas Santa Cruz 2 Incendios en El Bolsón: el emocionante llanto de los vecinos por la lluvia Santa Cruz 3 Corte de energía eléctrica afecta a varias localidades de Santa Cruz Santa Cruz 4 UTN Chubut: compromiso con los jóvenes de la región Santa Cruz 5 Multimedio Tiempo en la cobertura de la Fiesta de El Calafate Santa Cruz
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