Boletín Oficial

Es oficial la eliminación de Ganancias: todos los detalles

Se elevó el piso del Mínimo No Imponible a casi dos millones de pesos, lo que equivale a quince Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (SMVyM).

  • 06/10/2023 • 09:39

A través del Decreto 508/2023, publicado hoy en el Boletín Oficial, el Gobierno promulgó la Ley N° 27.725 sancionada por el Congreso el 28 de septiembre último, que modifica el Impuesto a las Ganancias. Se eliminó el piso del Mínimo No Imponible a casi dos millones de pesos, lo que equivale a quince Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (SMVyM). Regirá a partir de 2024.

 

La nueva legislación crea el "impuesto cedular sobre los mayores ingresos del trabajo en relación de dependencia, jubilaciones y pensiones de privilegio y otros". De esta forma, quienes obtengan los mayores ingresos tendrán derecho a deducir únicamente, en concepto de mínimo no imponible, la suma equivalente a 180 salarios mínimos.

El decreto de promulgación de la Ley de Ganancias

En el caso de los mayores haberes a 15 SMVyM, las alícuotas irán desde el 27 % hasta el 35 %. A partir de 12 SMyVN mensuales, se deberá pagar un 27 % sobre el excedente. Entre más de 12 y 36 salarios mínimos, se pagará el equivalente a 3,2 SMVyM más un 29 % sobre el excedente, y entre más de 36 y 60 salarios mínimos, se pagará 10,20 SMVyM más un 31 % sobre el excedente.

Entre más de 60 y 84 salarios mínimos, se pagará 17,64 SMVyM más un 33 % sobre el excedente; y para más de 84 salarios mínimos se pagará 25,56 SMVyM más un 35 % sobre el excedente. Se deberá considerar al comienzo del período fiscal el valor del salario mínimo vigente al 1 de enero y que la actualización será el 1 de julio de cada año fiscal.

Además, las retenciones realizadas sobre los mayores ingresos netos percibidos durante el primer semestre del año fiscal, se ajustarán considerando el valor del SMVyM vigente en julio.

 

En el caso de los trabajadores en relación de dependencia y para jubilados y pensionados, comprendidos en el impuesto, que vivan en las provincias de La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego y el partido de Patagones, en Buenos Aires, el mínimo no imponible se incrementará en un 22 %.