ADOSAC y AMET

Gremios docentes aceptaron en paritaria la oferta salarial

En el marco de la negociación, tanto ADOSAC como AMET dieron el visto bueno de la última oferta puesta a consideración. De todas maneras, dejaron en claro varios pedidos de recomposición no sólo laboral sino salarial.    

  • 28/03/2025 • 19:22

Este viernes por la mañana comenzó en el Consejo Provincial de Educación (CPE) una nueva reunión paritaria entre la cartera educativa y la Asociación Docentes de Santa Cruz (ADOSAC) y Asociación del Magisterio de Enseñanza Técnica (AMET). Allí los sindicatos docentes, tras la puesta en consideración en las asambleas (y como lo  había adelantado TiempoSur), aceptaron la última oferta salarial. Esto se da en un contexto con una semana de 96 horas de paro, sumado al reclamo por el proyecto del “presentismo” en la Cámara de Diputados, que fue pasado al archivo por el propio autor en la legislatura provincial.

De esta manera, quedó redactada en acta lo que ya se conocía acerca de la aceptación, quedando el compromiso de volver a sentarse a discutir en el mes de julio. Además se consiguió la cláusula gatillo hasta el mes de diciembre, un pedido que venían realizando.

 

Acuerdo salarial

Con los haberes del mes de mayo del año en curso, al IPC publicado por el INDEC del mes anterior, sumar el incremento de un 2%.

Con los haberes del mes de junio del año en curso, al IPC publicado por el INDEC del mes anterior, sumar el incremento de un 2%.

Con los haberes del mes de julio del año en curso, al IPC publicado por el INDEC del mes anterior, sumar el incremento de un 1%.

Con los haberes del mes de agosto del año en curso, al IPC publicado por el INDEC del mes anterior, sumar el incremento de un 0,5%.

Con los haberes del mes de septiembre del año en curso, al IPC publicado por el INDEC del mes anterior, sumar el incremento de un 1%.

Y con los haberes del mes de octubre del año en curso, al IPC publicado por el INDEC del mes anterior, sumar el incremento de un 1%.



 

Acuerdo laboral

  • Definir un Instrumento Legal con el mismo encuadre y alcance del Acuerdo 052, suspendiendo la aplicación de los Artículos 11 y 12 del Acuerdo 134/92 durante el ciclo 2025.
     

  • El resguardo durante el ciclo lectivo 2025 de los puestos de trabajo implica retrotraer y dejar sin efecto las bajas producidas desde febrero (período especial y común) y las bajas que pudieran producirse durante el ciclo lectivo 2025, por motivos de cierres de cursos, secciones, salas, reestructuraciones de instituciones de todos los niveles y modalidades, siempre y cuando no hubieran renunciado a su cargo o hubieran tomado un cargo similar por orden de mérito.
     

  • Se establece que en el caso que estos docentes recuperen su carga horaria o cargos a través de un ofrecimiento por orden de mérito, quedará sin efecto el resguardo.
     

  • Resguardo del personal encuadrado en el marco de la reestructuración de la EPJA 22 y EPJA 12 y personal del ex Jardín Maternal N° 2.
     

  • Sin vulnerar las normativas de nivel superior, superior técnico y CeFyAP.
     

  • El resguardo laboral debe abarcar también a quienes perdieron cargos u horas cátedras por el vencimiento del Acuerdo 052/24 y que no pudieron recuperarlas mediante ofrecimientos públicos.
     

  • El resguardo debe ser sobre el total de horas cátedras o cargo (no implica que la reubicación sea en el mismo espacio curricular, ya que la competencia de títulos es variada).
     

  • Las personas que sean resguardadas en horas y/o cargos no pueden ser desplazadas por reubicación de titulares.
     

  • Asegurar la no modificación de la categoría de las instituciones educativas.
     

  • La fecha límite de emisión del Instrumento Legal será el viernes 4 de abril del año en curso, es por ello que se generarán instancias previas de trabajo entre el Consejo Provincial de Educación y los sindicatos.
     

  • Se fija fecha para la subcomisión laboral para el viernes 4 de abril del año en curso a las 10:00 horas.