Tránsito

Ya rige el alcohol cero en Río Gallegos

Tal como lo remarcó el Municipio de la ciudad capital, desde este viernes empieza a regir una nueva normativa de tránsito. El objetivo no solamente es punitorio, sino también preventivo.

  • 08/09/2023 • 07:00

Este viernes 8 de septiembre, como lo viene anunciado el Municipio de Río Gallegos, empieza a regir en Río Gallegos la ordenanza de Alcohol Cero. Se trata de una adhesión a la Ley Provincial 3484, a la cual la Comuna se adhirió en el mes de mayo, promulgándola en junio. Luego de una campaña de difusión y prevención, este viernes queda vigente.

 

La ordenanza prohíbe la conducción de cualquier tipo o especie de vehículo o medio de transporte con una graduación de alcohol superior a cero (0) gramos por mil (1.000) centímetros cúbicos de sangre; o bajo la influencia de sustancias estupefacientes, psicotrópicas o análogas.

Semanas atrás, el director de Tránsito Municipal, José Hidalgo, anunció el comienzo de la campaña de divulgación de la ordenanza de "alcohol cero al volante" en Río Gallegos.

Hidalgo explicó: "El Departamento Ejecutivo Municipal ha promulgado la ordenanza de adhesión a la ley provincial de alcohol cero. Lo que estamos haciendo en esta primera instancia, tal como la norma lo establece, es la divulgación, es poner en conocimiento de todos los contribuyentes y a todos los conductores de la vigencia de esta ordenanza que comienza a regir a los 90 días. Estimamos que el 9 de septiembre va a estar en vigencia de manera plena en la ciudad”.

Por otro lado, el Director municipal explicó: "Lo que la norma establece es la prohibición de la conducción habiendo ingerido bebidas alcohólicas” y puso énfasis en que "es fundamental saber que a la hora de conducir no puedo hacerlo habiendo ingerido bebidas alcohólicas. No solo porque lo establece una norma, sino fundamentalmente porque tiene que ver con el cuidado de la vida de quien conduce y también de terceros”.

 

La Ley

La Ley n° 3484/16 de Alcohol Cero al conducir fue votada por unanimidad en la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Cruz en el año 2016 y desde entonces se estableció como una política de Estado a favor de la vida, entendiendo que el alcohol y la conducción no son compatibles. Hasta la fecha se llevó adelante con éxito, y arrojó resultados favorables en cuanto a la disminución de los índices de siniestralidad con víctimas fatales en las rutas y caminos de la provincia.

En el artículo 1º de la presente Ley,  se prohíbe en todo el ámbito de la Provincia de Santa Cruz, la conducción de cualquier tipo o medio de transporte con graduación de alcohol superior a cero gramos por mil centímetros cúbicos de sangre, o bajo la influencia de sustancias estupefacientes, psicotrópicas o análogas.

Asimismo, el artículo 2º sostiene que será Autoridad de Aplicación de la presente ley, dentro de los ejidos urbanos las respectivas Municipalidades y Comisiones de Fomento que adhieran a esta norma, mientras que en relación a las vías públicas interurbanas la Autoridad de Aplicación será el Ministerio de Gobierno.

 En relación a las penas, la presente reglamentación estipula que cuando “se comprobare la conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas” se aplicarán las siguientes sanciones:

 

a)      Hasta 200 miligramos de alcohol por litro de sangre se aplicará una multa de 100 a 300 UF (Unidades Fiscales).

b)      Entre 201 miligramos hasta 500 miligramos de alcohol en sangre se aplicará una multa de 300 a 600 UF (Unidades Fiscales).

c)      Entre 501 hasta 1000 miligramos de alcohol en sangre se aplicará una multa de 600 a 1200 UF (Unidades Fiscales); además de la inhabilitación de conducir por un plazo no inferior a 30 días ni superior a 120 días, salvo que corresponda aplicar la escala de reincidencia.

d)      Desde 1001 miligramos en adelante se aplicarán multas de 1200 a 2000 UF (Unidades Fiscales); además de inhabilitación para conducir por un plazo no inferior a 120 días ni superior a 2 años.

e)       En lo que respecta a la conducción bajo la influencia de sustancias estupefacientes psicotrópico, o análogas la multa se graduará entre 500 a 2000 UF (Unidades Fiscales), y la retención del vehículo.