Mendoza

Reglamentan “recuperación secundaria” de pozos petroleros basados en legislación de Santa Cruz

Se trata de un método por el cual se inyecta agua de purga que barre los sedimentos y permite extraer más crudo. Prevenciones. También tomó como referencia la legislación que existe en otras provincias petroleras, como Neuquén y Chubut.  

  • 21/03/2018 • 14:30


A través de un reglamento en el Boletín Oficial, el Gobierno de Mendoza estableció las reglas para la “recuperación secundaria de petróleo”, una “actividad extractiva” remanente que queda en los pozos y que se realiza con agua a presión. De no controlarse, advierten, representa un riesgo de contaminación del agua que se encuentra en los acuíferos.
Según explicaron, si bien en la provincia la actividad petrolera se ejerce desde hace más de 80 años, uno de los temas pendientes era una regulación para el barrido de petróleo con agua.
El nuevo “reglamento de control y monitoreo de pozos inyectores” tomó como referencia la legislación que existe en otras provincias petroleras, como Neuquén, Santa Cruz y Chubut.

“La necesidad de contar con ese marco en la provincia es para asegurarnos que la inyección o recuperación secundaria con el agua de purga sea segura, se haga en pozos que mecánicamente estén aptos”, explicó Osvaldo Campos, jefe del Departamento de Hidrocarburos, de la Dirección de Policía del Agua del Departamento General de Irrigación (DGI).
El objetivo es que el agua que se usa para el barrido de petróleo no se filtre. “Apunta a evitar  el riesgo potencial de que esa agua migre hacia los acuíferos y contamine el agua dulce. Al tener tan elevado contenido de sales se produciría una contaminación en forma inmediata si se pone en contacto con el agua subterránea”, dijo el funcionario.
En total, en la provincia existen cerca de 200 pozos inactivos en reserva de recuperación secundaria. 
La recuperación secundaria es un método a partir del cual se inyecta “agua de purga” que barre este sedimento que queda en la roca y así permite recuperar más petróleo.

El problema que puede presentar es que, por su contacto con el hidrocarburo, puede tener una elevada concentración de sal disuelta, cuya filtración puede contaminar el resto del agua dulce.
“Se han detectado anomalías y deficiencias en las instalaciones de los pozos inyectores, tanto en la integridad del casing (tubería de gran diámetro)  como por pérdidas en sus instalaciones.  Muchos de los pozos existentes no presentan la protección adecuada de los acuíferos existentes por medio de la cañería guía, lo cual representa un riesgo potencial de contaminación del recurso hídrico subterráneo y superficial”, advierte el nuevo reglamento en sus fundamentos.

El nuevo marco regulatorio  para la actividad extractiva de hidrocarburos con este tipo de recuperación asistida apunta a “neutralizar o en su caso minimizar la eventual afectación del recurso hídrico” y exige que las empresas garanticen que los pozos mecánicamente estén aptos.   
En caso de verificarse un incumplimiento, dispone de sanciones económicas para las empresas que extraigan el hidrocarburo, que “van de los $100 al millón de pesos”, según una resolución de Irrigación. La normativa también contempla apercibimientos, clausura y caducidad de la concesión del permiso.
“Hay una serie de condiciones que no todos los pozos cumplen y tenemos que asegurarnos de que no sean un riesgo. Uno de los objetivos es que todos los pozos, independientemente de la configuración que tengan, estén aptos para inyectar”, apuntó Campos. (Fuente: Diario Los Andes)

 

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