Deberán terminar el secundario para no ir presos
Así lo determinó el Presidente del Tribunal luego que diera a conocer el fallo contra dos hombres a quienes se los juzgó por transportar estupefacientes. Además, deberá presentarse en el Escuadrón de Gendarmería de Río Turbio, entre otras pautas de conductas.
El 6 de mayo del 2021 los dos imputados fueron detenidos cuando el personal de Gendarmería Nacional realizaba un operativo de control en el ingreso a Río Turbio solicitando documentación, en un momento determinado observaron que un vehículo EcoSport color negro se daba a la fuga burlando el operativo.
A pocas cuadras el auto fue detenido y personal del Escuadrón N°43 de Gendarmería Nacional procedió a realizar una requisa del mismo y a sus dos ocupantes, con domicilio en Río Turbio.
Allí el can biodetector perteneciente a la fuerza alertó algo en los zapatos de uno de los individuos que los hizo presumir que tendría estupefacientes, por lo que los gendarmes le solicitaron que se sacara los mismos, cuando el hombre lo hizo fue que encontraron sustancia blanquecina, la cual fue sometida al correspondiente test orientativo, el que arrojó resultado positivo para clorhidrato de cocaína, cuyo pesaje sería de 300 gramos.
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Los sujetos fueron aprehendidos y posteriormente indagados por el Juez Federal de Instrucción. En esos momentos se les endilgó a los sujetos el delito de “transporte de estupefacientes”, como autores penalmente responsables.
Llegada la ocasión, se dio inicio al juicio oral contra los dos hombres, quienes fueron representados por la defensora oficial Ana Pompo, mientras que la fiscalía estuvo a cargo de la Dra. Patricia Kloster, quien presentó la propuesta de juicio abreviado y rubricado por la defensa.
En la audiencia de conocimiento personal, los enjuiciados, con el patrocinio y asistencia técnica de su Defensa, y previa lectura de las partes pertinentes, adhirieron sin objeciones a la propuesta de juicio abreviado de la Fiscal Federal Subrogante; hicieron expreso reconocimiento de los hechos imputados a cada uno y la participación en ellos que fuera atribuida en aquella presentación, consintieron la calificación legal que la representante de la Fiscal General formuló al proponer el trámite, a la pena requerida y la forma de cumplimiento, por lo que el Tribunal Oral Federal se retiró a deliberar.
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Luego de valoradas las pruebas recibidas en la instrucción, la propuesta formulada por el Ministerio Fiscal y la Defensa; la admisión de responsabilidad efectuada por los imputados, de conformidad con las disposiciones legales citadas, este Tribunal Oral en lo Criminal Federal de la Provincia de Santa Cruz, falló en condenar a ambos hombres a la pena de dos años de prisión en suspenso por ser partícipes secundarios del delito de “de transporte de estupefacientes”.
Ambos deberán por el plazo de dos años, a contabilizar desde que la presente sentencia adquiera ejecutoriedad, las siguientes reglas de conducta por entender que resultan adecuadas para prevenir la comisión de nuevos delitos: Fijar domicilio, debiendo notificar al Tribunal cualquier modificación del mismo; realizar presentaciones mensuales ante el Escuadrón 43 de Gendarmería Nacional Argentina; abstenerse de consumir estupefacientes y bebidas alcohólicas en lugares públicos o de manera ostensible; no cometer nuevos delitos, y completar estudios de nivel secundario, lo que deberá acreditar ante este Tribunal.