Dos hombres condenados
Se trata de dos sujetos, uno de los cuales robó y lo condenaron a un año a prueba, donde deberá cumplir varias pautas para no ir preso. El segundo, que se encuentra en la provincia de Mendoza, fue por infracción a la Ley Nº 23737. En este caso también deberá seguir pautas de conducta.
Se constituyó el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Cruz, con la Presidencia del Dr. Mario G. Reynaldi, para celebrar la audiencia de suspensión de Juicio a Prueba en la causa caratulada: “Cabrera Ariyu, Claudio Rafael y Otros/Robo”. Abierta la audiencia, por Presidencia se procedió a explicar los alcances del instituto de la suspensión de Juicio a Prueba e identificar al imputado quien resultó ser: Miguel Ángel Cabrera, residente en la localidad de 28 de Noviembre.
El Presidente le solicitó decir lo que considere conveniente respecto de la causa, la Defensora aclara que el ofrecimiento es por el término de un año, el pago de $32.500 en concepto de reparación económica y la sustitución de las tareas comunitarias por la entrega mensual de una caja de leche por el término de un año a la institución que el Presidente considere correcta. Concedida la palabra a la Fiscal, pregunta a Cabrera si su pareja tiene hijos y dónde trabaja, a lo que el
imputado dice que con la pareja tiene tres hijos, que ya son sus hijos; y que ella trabaja en el Hospital San Lucas de 28 de Noviembre como asistente odontológica. A continuación, la Fiscal dice que no se va a oponer a la concesión de la suspensión de Juicio a Prueba, atendiendo al delito por el que fuera requerido; acepta la reparación en $32.500; pero insiste en que realice tareas comunitarias, como ser de
mantenimiento en una institución pública.
El Presidente del Tribunal decide acepta la suspensión de Juicio a Prueba, además dispuso que Miguel Ángel Cabrera realice en concepto de tareas comunitarias, trabajos de mantenimiento de dos horas los días domingo en el Hospital Distrital San Lucas de la localidad de 28 de Noviembre; así como la entrega de una caja de leche mensualmente por el término de un año a la Cooperadora de dicho nosocomio; debiendo elevar a este Tribunal las correspondientes constancias emitidas por ese hospital, también deberá finalizar sus estudios secundarios lo que deberá acreditar ante el Tribunal.
A prueba por dos años
Por otra parte, el Presidente del juicio Dr. Mario G. Reynaldi, también aceptó la suspensión de juicio a prueba en la causa caratulada “Inowlocki Lucas Rubén S/ INF Ley 23.737”. Cabe señalar que el imputado presenció la audiencia virtualmente ya que reside en la provincia de Mendoza junto a su defensor particular.
Por su parte el Defensor ofreció que su pupilo pague $15.000. En relación al
trabajo comunitario, solicita que, en función del aumento de infectados en el contexto de pandemia, no sabiendo si en el
futuro va a disminuir o aumentar, y teniendo en cuenta que tanto ese Tribunal como los provinciales, solicita el
cambio de las tareas con la donación a algún geriátrico u otra institución, por un tema de salud.
Ante esto el Presidente dispuso aceptar la suspensión de juicio a prueba por dos años, además dispuso que Lucas Rubén Inowlocki realice en concepto de trabajo comunitario, la entrega de 2 bolsas de pañales y alimentos por el valor de $10.000 en forma bimestral a un Hogar de Ancianos de esa ciudad por el término de dos años, debiendo elevar a este Tribunal la correspondiente factura y recibos de la entrega emitida por ese Centro.
También debe iniciar un tratamiento de
educación, desintoxicación y rehabilitación a las drogas