Seguridad Ascendieron a tres policías de Caleta Olivia tras accionar en un hecho delictivo con arma de fuego La Gobernadora, Alicia Kirchner llevó a cabo el ascenso de los oficiales mediante decreto por los servicios prestado durante un hecho acontecido en el año 2020. 03/09/2022 • 08:46 Ascendieron a tres policías de Caleta Olivia tras accionar en un hecho delictivo con arma de fuego Detener audio Escuchar La Jefatura de Policía tramita el ascenso por mérito extraordinario a la Jerarquía Inmediata Superior a los actuales Cabo Primero de Policía Luis Marcelo VEGA y los Cabos de Policía Luis Alejandro ROBLEDO y Lucas Nicolás SOTOMAYOR, conforme lo previsto en los artículos 10° y 11° incisos a) y b) del Decreto N° 244/79 (Reglamento del Régimen de Promociones Policiales). Que los ascensos por mérito extraordinario que se propician, obedecen al accionar desplegado por los citados efectivos policiales en cumplimiento de su deber el día 25 de enero del año 2020 en la ciudad de Caleta Olivia, en donde el Cabo Primero de Policía Luis Marcelo VEGA, y los Cabos de Policía Luis Alejandro ROBLEDO y Lucas Nicolás SOTOMAYOR, en circunstancias que se encontraban realizando labores preventivas, intervinieron en virtud de suscitarse en proceso un robo a mano armada que se produjo en un local comercial de la mencionada Ciudad, donde lograron detener al causante, luego de que emprendiera su huida a pie efectuando disparos hacia el personal policial durante la persecución, arrojando como resultado el secuestro de un arma de fuego. Que en el parte informativo cursado por la Oficial Subinspector de Policía Camila HERRERA, informa que el personal interviniente Cabo Primero de Policía Luis Marcelo VEGA, y los Cabos Luis Alejandro ROBLEDO y Lucas Nicolás SOTOMAYOR, manifestaron que se encontraban realizando labores preventivas y que al llegar a las intersecciones de las calles Beauvoir y Rosario Vera Peñalosa de la ciudad de Caleta Olivia, escucharon una detonación de arma de fuego y divisaron que en una verdulería cercana se encontraba una persona de sexo masculino realizando señas mediante ademanes aduciendo “…me están robando…”, asimismo, observaron a otro individuo ingresar raudamente al comercio tomando por la espalda a una persona de sexo femenino, apuntándole con un arma de fuego en la cabeza, motivo por el cual retrocedieron e informaron vía radial la situación. Mira TambienLa furia del presidente de Gimnasia contra los jugadores por no concentrar Luego, el causante egresó del comercio y uno de los efectivos policiales realizó un disparo al aire con su arma reglamentaria, provocando que el masculino emprendiera su huida a pie y los efectivos realizaran la persecución, instante en el que el encausado comienza a efectuar disparos hacia los uniformados, por lo que a los fines de contrarrestar mencionada amenaza, realizaron dos disparos con arma de fuego reglamentaria, los cuales impactaron en su muslo derecho y otro en el muslo izquierdo, lo que produjo que el sujeto cayera al suelo arrojando el arma de fuego que portaba, posteriormente, fue trasladado hacia la guardia del Hospital Zonal de Caleta Olivia, permaneciendo bajo custodia del personal de la División Comisaria Primera de la citada ciudad, quienes los aprehendieron bajo las formalidades de estilo. Que el Oficial Informante en su informe final de fojas 68/69 y vuelta, concluye que: “…el personal policial involucrado Cabo Primero de Policía Luis Marcelo VEGA, y los Cabos de Policía Luis Alejandro ROBLEDO y Lucas Nicolás SOTOMAYOR, (…) actuaron durante el desarrollo del hecho delictivo perpetrado en la verdulería (…) de manera profesional y a la altura de las circunstancias, ya que en todo momento tomaron los recaudos necesarios a fin de resguardar la vida de las personas (…) en cumplimiento de deber actuaron conforme las atribuciones establecidas en el Código Procesal Penal (…) como así bajo los principios básico de actuaciones policial instituidas en la Ley de Seguridad Pública N° 3523, artículos 18° y 19° incisos a), b), c), d), y e), preceptos del artículo 20° y deberes del artículo 40°.(…)Por lo expuesto, salvo otro criterio de la superioridad, considero que no existe responsabilidad administrativa alguna que imputar al personal policial Cabo Primero de Policía Luis Marcelo VEGA y los Cabos de Policía Luis Alejandro ROBLEDO y Lucas Nicolás SOTOMAYOR, quienes como ya hiciera mención ut supra actuaron conforme a las atribuciones, principios, preceptos y deberes establecidos por normativas vigentes…”; Que a fojas 65/67, obran las fojas de servicios de los efectivos policiales mencionados precedentemente, quienes no registran actuaciones administrativas y/o procesos judiciales en curso; Que a fojas 71, mediante Resolución Interna N° 012-ACT.ADM.-DGRN/2020, tomó intervención la instancia superior conforme lo establece el artículo 116° del R.R.D.P., ratificando el informe vertido por la Instrucción y solicita el ascenso por mérito extraordinario del Cabo Primero de Policía VEGA y los Cabos de Policía SOTOMAYOR y ROBLEDO; Que a fojas 75/79, mediante Dictamen N° 242-DALT-SPS/2021, toma intervención la División Asesoría Legal y Técnica de la Superintendencia de Policía de Seguridad, concluyendo que luego del análisis y pruebas recabadas por la Instrucción, considera que se debe conceder el ASCENSO POR MÉRITO EXTRAORDINARIO al Cabo Primero de Policía Luis Marcelo VEGA y los Cabos Lucas Nicolás SOTOMAYOR y Luis Alejandro ROBLEDO, siendo ratificado el contenido de dicho dictamen mediante Orden Interna N° 248-S.P.S/21. Mira TambienLos All Blacks aplastaron 53 a 3 a Los Pumas en el segundo partido Que habiendo tomado intervención la Dirección General de Asuntos Legales dependiente de Jefatura de Policía, emite Dictamen N° 1187-D.G.A.L/21, obrante a fojas 83/85, en el cual analizadas las pruebas obrantes en autos, comparte parcialmente el criterio del Oficial Informante y la opinión vertida por la División Asesoría Legal y Técnica de la Superintendencia de Policía de Seguridad, mediante Dictamen N° 242-DALT-SPS/2021, en virtud de no existir elementos en la faz administrativa para reprocharles desde el punto de vista disciplinario de los causantes, por lo cual corresponde dictar el Sobreseimiento Definitivo de conformidad a lo establecido en el artículo 118° del R.R.D.P. y enviar los presentes actuados al archivo por imperio del artículo 153º Inciso 2) del mencionado cuerpo normativo. Que en otro orden de ideas, el servicio jurídico de la Institución Policial, considera que los Suboficiales involucrados, han actuado arriesgando su vida y en cumplimiento del deber al acudir en auxilio de los dueños del local comercial al sentirse amenazado por el autor de los hechos, tal accionar debe ser considerado conforme las normas contempladas en el artículo 11° Inciso a) y b) del Reglamento de Promociones Policiales, por lo que se sugiere mediante el dictado del instrumento legal pertinente propiciar el ascenso por mérito extraordinario, de conformidad con lo establecido en el artículo 10° del Decreto Provincial N° 244/79. Que mediante Disposición Nº 812-J.P/21, la Jefatura de Policía dispone sobreseer definitivamente y considerar como “Acto Heroico”, el accionar puesto en manifiesto por el Cabo Primero de Policía Luis Marcelo VEGA y los Cabos de Policía Luis Alejandro ROBLEDO y Lucas Nicolás SOTOMAYOR, propiciando el ascenso extraordinario de los mismos de conformidad a la reglamentación vigente. Que la presente gestión se encuadra en los lineamientos establecidos en la Ley Provincial N° 3680, mediante la cual se sustituyó el artículo 1° de la Ley Orgánica de Ministerios N° 3480 y su modificatoria, incorporando como inciso i) al Ministerio de Seguridad de la provincia de Santa Cruz, como nueva cartera ministerial del Poder Ejecutivo Provincial; Que nada obsta a proceder en consecuencia. Mira TambienHabló la novia del atacante de Cristina Kirchner: "No pensé que era una persona así" Por ello y atento a los Dictámenes D.D.A.FF.PP.SS-Nº 038/22, emitido por la Dirección de Dictámenes en Asuntos de las Fuerzas Policiales y de Seguridad del Ministerio de Seguridad, obrante a fojas 107/110 y vuelta y SLyT-GOB-Nº 446/22, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 117/118. Artículo 1º.- PROMUÉVASE EXTRAORDINARIAMENTE, a partir del día de la fecha, a la Jerarquía de Sargento de Policía al Cabo Primero de Policía Luis Marcelo VEGA (Clase: 1991 – D.N.I. N° 36.105.155) y a la Jerarquía de Cabo Primero de Policía a los Cabos de Policía Luis Alejandro ROBLEDO (Clase: 1993 – D.N.I. N° 37.337.794) y Lucas Nicolás SOTOMAYOR (Clase: 1994 – D.N.I. N° 37.532.560), en virtud de lo expuesto en los considerandos del presente y de conformidad a los artículos 10° y 11° incisos a) y b) del Decreto Provincial N° 244/79 (Reglamento del Régimen de Promociones Policiales).- Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Seguridad.- Artículo 3º.- PASE al Ministerio de Seguridad a sus efectos, tomen conocimiento Jefatura de Policía, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dese al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.- Dra. KIRCHNER – Dr. Lisandro Gabriel De La Torre Temas Caleta Olivia Policia Ascenso oficiales Decreto Lás más leídas en Policiales 1 Detenido por apuñalar a la actual pareja de su ex Santa Cruz 2 Estafas piramidales: cómo identificarlas y evitar caer en ellas Santa Cruz 3 Un hombre perdió la vida en un tiroteo Santa Cruz 4 Evacuaron la escuela Domingo Savio por amenaza de bomba Santa Cruz 5 Quiso encender la cocina y explotó Santa Cruz