Trabajaban en bares

Condenados por el delito de trata con fines de explotación sexual

Hoy se conoció la condena para dos personas: una mujer que explotaba sexualmente a más de 20 mujeres y un hombre que les daba acogida y las trasladaba a los bares donde hacían “copas”. Ambos son jujeños.

  • 06/11/2023 • 12:24

Hoy se conoció que el Tribunal Oral Federal -actuando de manera unipersonal- dictó sentencia en una causa que tiene como imputada a una mujer de apellido Gutiérrez y a un hombre de apellido Martínez, ambos oriundos de la provincia de Jujuy.

De acuerdo a lo que se pudo conocer, la presente causa fue elevada a juicio por requerimiento de elevación, formulado por el fiscal federal subrogante ante el Juzgado Federal de Primera Instancia de Río Gallegos, por encontrar suficiente para atribuir a Gutiérrez y Martínez la comisión del delito de “trata de personas en la modalidad recepción y/o acogimiento con la finalidad de ser explotadas sexualmente, agravada por el abuso de la situación de vulnerabilidad, la cantidad de víctimas y haberse consumado la explotación”, debiendo responder Gutiérrez en calidad de autora penalmente responsable y Martínez en calidad de partícipe necesario.

De este modo, se le imputó a Gutiérrez el haber captado y acogido, con la finalidad de ser explotadas bajo la modalidad de comercio sexual, a más de 20 mujeres; mientras que a Martínez se la responsabilizó de haber colaborado en la captación y acogida de las víctimas con miras a su explotación, bajo la modalidad de comercio sexual y aprovechando la situación de vulnerabilidad de las mujeres.

Esto se habría concretado en los locales nocturnos de propiedad de Gutiérrez, denominados “Burbujas”, ubicado en calle Reconquista 1334; “Valentina”, en calle Corrientes 602, y “Eclipse” –primeramente, ubicado en Parque Industrial 623 y luego trasladado a la calle Liniers 1323, todos de esta ciudad de Río Gallegos-; en el periodo comprendido entre el mes de febrero de 2017 y el mes diciembre del mismo año.

La fiscal federal presentó una propuesta de juicio abreviado la que fue rubricada, en conformidad, por el Dr. Hugo Daniel Ortiz, y el Dr. Gastón Morillo de la Defensoría Pública Oficial, en representación de sus pupilos procesales. Elos, previa lectura de las partes pertinentes y explicación detallada de los alcances e implicancias del instituto de juicio abreviado, con el patrocinio y asistencia técnica de su Defensa, hicieron expreso reconocimiento del hecho imputado y su responsabilidad en la comisión del mismo, consintieron la calificación legal propuesta para el trámite, a la pena requerida y la forma de cumplimiento, adhiriendo en un todo a la propuesta de juicio abreviado.

En virtud de ello, el Tribunal –integrado de forma unipersonal- dispuso pasar a resolver la decisión.

Luego de valoradas las pruebas recibidas en la instrucción, la propuesta formulada por el Ministerio Fiscal y la Defensa; la admisión de responsabilidad efectuada por los encartados, de conformidad con las disposiciones legales citadas, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de la Provincia de Santa Cruz, falló en condenar a Gutiérrez, por resultar autora penalmente responsable del delito de "trata de personas con fines de explotación sexual, bajo la modalidad de acogimiento, agravada por el abuso de la situación de vulnerabilidad, y la cantidad de víctimas", a la pena de 5 años de prisión de cumplimiento efectivo, además deberá pagar un multa de $300.000.

Además, le concedieron prisión domiciliaria por la que deberá permanecer bajo palabra de honor en el domicilio sito en calle 20 de junio al 200 de esta ciudad capital. Durante su arresto domiciliario, no podrá salir ni ausentarse del domicilio, por ninguna circunstancia, excepto graves y urgentes motivos médicos atendibles, que debe acreditar y poner en conocimiento del Tribunal. No podrá abusar del alcohol, usar o tener estupefacientes o armas, ni cometer nuevos delitos; todo ello bajo apercibimiento de revocar el beneficio concedido y disponer su inmediato traslado a una Unidad del Servicio Penitenciario Federal.

En cuanto a Martínez se supo que fue condenado por resultar partícipe secundario penalmente responsable del delito de “trata de personas con fines de explotación sexual, bajo la modalidad de acogimiento, agravada por el abuso de la situación de vulnerabilidad, y la cantidad de víctimas”, a la pena de dos años y seis meses de prisión de cumplimiento en suspenso. También deberá pagar una multa de $50.000, en 5 cuotas y cumplir reglas de conducta.