Política

La Ley de Glaciares no afectaría a empresas mineras de Santa Cruz

El senador Alfredo Martínez, indicó que de acuerdo al último relevamiento que efectuó,  esta norma no afectará “intereses económicos” de la empresas.  Ayer el máximo órgano judicial dictaminó su aplicación y ordenó un relevamiento para conocer qué áreas se encuentran protegidas por la ley.

  • 04/07/2012 • 00:00
El senador dijo que los glaciares “no van a ser tocados”
El senador dijo que los glaciares “no van a ser tocados”

Ayer, la Corte Suprema de Justicia dejó sin efecto un fallo dictado por la Justicia Federal de San Juan en una causa iniciada por empresas mineras y abre caminos al inventario de glaciares en todo el país.
La ley -que alcanza a zonas de glaciares y peri glaciares- impide el desarrollo de la actividad minera en estas zonas, e incluye a Santa Cruz, aunque según el senador radical Alfredo Martínez, ninguna empresa es alcanzada por la ley.

Multinacionales
“Me parece excelente que la Corte  haya avanzado con un dictamen y se aplique la ley a  las mineras multinacionales, porque lo que tienen que hacer es acatar la ley”, apuntó el senador. Martínez fue uno de los que más trabajó la confección de la ley.  
“Nadie está en contra de la minería,  pero no a cualquier precio como están acostumbradas las empresa”, advirtió.
“Fui uno de los que más trabajó para que se sancionara la ley”, destacó.
Informó que de acuerdo al relevamiento que efectuó en la provincia “no hay ningún emprendimiento que esté en zona glaciar”.   
“Lo que hice fue chequear si la actividad
afectaba intereses económicos”, destacó.
Agregó que Santa Cruz cuenta con la Ley de Protección de Medioambiente, que incluye la zona cordillerana y exige requerimientos que deben ser cumplimentados. “Esta ley, más la nacional nos deja la tranquilidad de que los glaciares no van a ser tocados”, explicó a TiempoSur.
 
Vigente
La decisión del máximo órgano judicial  determina de esta forma que la norma “queda vigente”. La Corte se pronunció de esta manera sobre las medidas cautelares dictadas por la Justicia Federal de San Juan que habían sido requeridas por las empresas Barrick Exploraciones Argentina SA y Exploraciones Mineras Argentinas SA, a fin de que se suspenda la aplicación de seis artículos de la ley 26.639 para el emprendimiento minero Pascua Lama.
En efecto, indica la Corte, “el artículo 2º de la ley define el concepto de glaciar y ambiente periglaciar, estableciendo luego la forma de individualizarlos a través de la realización de un inventario”, a lo que agrega que “una vez que se haya llevado a cabo el inventario de glaciares, se conocerán con exactitud las áreas que se encuentran protegidas por la ley”.
Es el IANIGLIA -Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales - quien se encargará de este relevamiento.  
“Es un organismo nacional que depende del CONICET. Por eso es una buena garantía,  es de calidad y también de imparcialidad, donde no hay intereses de las mineras”, adujo el senador.
(Fuentes: TiempoSur-Télam).