Santa Cruz

El PRO a la espera por la interna

El partido espera dirimir internas luego de que el juez Federal, Claudio Vázquez, suspendió las elecciones que debían realizarse el 6 de febrero.

21/02/2022 • 07:57

El PRO, en representación de Silvana Giudici, interventora,  fue una de las fuerzas políticas que participó ayer en la Mesa de Juntos en Santa Cruz, aunque el partido todavía no pudo dirimir sus internas en las elecciones.

El 6 de febrero los afiliados al partido que dirige Patricia Bullrich iban a elegir su conducción luego de dos años, pero un fallo del juez Federal, Claudio Vázquez, el 16 de diciembre, suspendió el acto, primero al hacer lugar al pedido de impugnación en relación a la Resolución 2, 5 y 7 de la Junta Electoral; e intimó a la intervención del PRO a realizar una nueva convocatoria a elecciones internas “respetando estrictamente lo dispuesto por la carta orgánica partidaria y legislación vigente”.

La fecha la tendremos a más tardar dentro de dos o tres semanas, es decir el cronograma según nos informó la interventora. Estamos a la espera de eso”, dijo María Laura Centurión, referente  del partido y que estuvo a cargo de la campaña del partido en las PASO del año pasado.

El PRO en Santa Cruz cuenta con poco más de mil afiliados, y por eso el reordenamiento es importante: queda cerca 2023.

“Esto es consecuencia del crecimiento con la presencia del PRO en muchas localidades en estos últimos dos años, con el surgimiento de nuevos líderes y acciones políticas con la intención de seguir trabajando y creciendo”, sostuvo y dijo que “cada día nos lleva a tener más protagonismo con identidad propia dentro de esta coalición (mesa de Juntos) y esto quedará plasmado en los hechos”.

Centurión fue una de las integrantes que más expuso su oposición al Pase sanitario que aplica el CPE, por ahora El Chaltén y que se podría aplicar el próximo 2 de marzo en toda la provincia cuando inicie el ciclo lectivo en Santa Cruz.

Por eso no fue casualidad que cuando se le consultó sobre el rol de la oposición, haya mencionado a este punto. “Estamos en buenas vías porque se está logrando una representatividad de los ciudadanos y en este punto menciono lo que sucede con el Pase sanitario, en donde la misma ciudadanía ha dicho basta”, destacó.

Añadió que el reclamo incluye a docentes, estudiantes y padres, pero también “a los que son pro vacunas y los antivacunas que se manifiestan contra este pase que vulnera el derecho a la educación y en donde la oposición está representando estos intereses del reclamo”.

En tanto se le consultó su opinión sobre los volantes que ayer domingo, en el izamiento de Río Gallegos, aparecieron con la propuesta de “Máximo Kirchner Gobernador 2023”.

“Cada uno sabrá quiénes son sus candidatos, pero me pregunto si no es muy pronto para hablar de candidaturas cuando la gente tiene problemas de salud, educación seguridad y otro tipo de problemas. Así que, que se esté pensando para 2023, para mí es como mínimo desubicado”, advirtió.

Fallo

El 6 de diciembre TiempoSur informó que la agrupación “Consenso” iba a acudir a la Justicia Federal porque la Resolución N° 2 de la Junta Electoral acortó la afiliación a 6 meses como requisito para ser candidato. (…) “Por única vez se suspende la aplicación del Art 6 Inc. "D" de la Carta Orgánica Partidaria”. Este artículo coloca como requisito que para ser elegidos para desempeñar funciones dentro del partido “como así también para cargos electivos y ejecutivos en el Gobierno, para lo cual será necesario haber sido afiliado al partido, ininterrumpidamente, durante los dos (2) años inmediatos anteriores a la fecha de elección...".

Llegó el fallo del Juez que - entre diversos argumentos- remarcó la vigencia del Artículo 6 inc. D, de la carta orgánica que fue “presentada oportunamente por la Sra. Interventora Silvana Giudici”, que señala el requisito de contar con dos años de afiliados para ser candidato. (…) “En tales condiciones, no cabe sino concluir que las mencionadas resoluciones carecen de validez, ya que contrarían las disposiciones de la carta orgánica la partidaria debidamente aprobada y vigente, la que constituye la ley fundamental del partido”.

El magistrado añadió que “es preciso reiterar que el estatuto partidario provincial dispone en el Art. 6 inc. D, la exigencia de haber sido afiliado al partido, ininterrumpidamente, durante los dos (2) años inmediatos anteriores a la fecha de elección; por lo que la disposición efectuada mediante resolución N° 2 -en cuanto reduce el periodo de afiliación para ser elegido a un mínimo de 6 meses- contraría las disposiciones al respecto obrantes en la carta fundamental del partido. Tampoco puede prosperar el argumento esgrimido por la intervención en cuanto a que el texto aprobado vulnera el espíritu del primero, que fuera sometido a contralor judicial, ya que los artículos 65 y 66 no fueron objeto de observación por parte del Ministerio Público Fiscal y han sido omitidos voluntariamente al momento de presentar el nuevo estatuto que ha sido oportunamente aprobado, notificado y publicado conforme las disposiciones al respecto”.

Expresó que “le asiste razón a los impugnantes en cuanto a que la resolución N° 2 contraría lo dispuesto en los arts. 21 y 29 de la ley orgánica de los partidos políticos N° 23.298”.

Vázquez expuso que respecto del pedido de suspensión del acto eleccionario, solicitado por los accionantes y   “teniendo en cuenta el avance del cronograma electoral presentado, y en atención a la inmediatez del vencimiento del plazo máximo para presentación de listas de candidatos; es que corresponde hacer lugar a lo solicitado, suspender el proceso electoral interno, e intimar a la agrupación de autos a efectuar una nueva convocatoria, respetando estrictamente durante todo el proceso las disposiciones de la carta orgánica y legislación vigente, la que deberá ser notificada y publicada conforme lo allí dispuesto”.

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