La compensación adicional será hasta que se salden las desventajas estructurales
Así lo establece el proyecto de ley presentado en el Congreso por las senadoras Ana María Ianni y Nancy González. Las legisladoras plantean retomar el espíritu original del reembolso, con el objetivo de fortalecer el desarrollo de la región patagónica por medio de un incentivo fiscal.
Esta semana dábamos cuenta de los proyectos que se han presentado en relación al incentivo conocido como “reembolso a los puertos patagónicos”, beneficio que fuera derogado en el 2016 mediante un decreto del entonces presidente Mauricio Macri. También informábamos que la gobernadora Alicia Kirchner instruyó a los legisladores nacionales por Santa Cruz para que trabajen en este tema.
Tal es así que recientemente la senadora nacional Ana María Ianni, junto a la senadora Nancy González de la Provincia del Chubut (ambas del Frente de Todos), han presentado un proyecto para restablecer los reintegros sobre puertos patagónicos, creando un reembolso adicional a la exportación de mercaderías que se realice al sur del río Colorado.
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Cómo serán los reintegros- TiempoSur tuvo acceso a dicho proyecto donde se establece que la exportación de las mercaderías gozará de una compensación adicional, siempre que se carguen a buque mercante o aeronave con destino al exterior, o a buque mercante o aeronave de cabotaje para transbordar en cualquier puerto o aeropuerto nacional con destino al exterior.
En cuanto a las compensaciones adicionales de las cuales gozará la exportación de las mercaderías, que se ajusten a lo establecido en la ley, serán las siguientes:
• Para aquellos puertos ubicados al sur del paralelo 40º: un ocho por ciento (8%).
• Para aquellos puertos ubicados al sur del paralelo 44º: un diez por ciento (10%).
• Para aquellos puertos ubicados al sur del paralelo 48º: un doce por ciento (12%).
• Para aquellos puertos ubicados al sur del paralelo 52º: un trece por ciento (13%).
La iniciativa deja claro que la compensación adicional se mantendrá hasta tanto se verifique la desaparición de las desventajas estructurales que padece la región patagónica. Esto último se acreditará con informes sustanciados que en forma anual el Poder Ejecutivo Nacional brindará al Honorable Senado de la Nación.
Corrigió inequidades entre los puertos- En los fundamentos, las senadoras recordaron que en 1983 (gobierno de Raúl Alfonsín) se sancionó la Ley 23.018 que estableció un régimen de reembolso adicional a las exportaciones de las mercaderías canalizadas por los puertos y aduanas de puertos ubicados al sur del Río Colorado, desde el puerto de San Antonio Oeste (Provincia de Río Negro) hasta el puerto de Ushuaia (Provincia de Tierra del Fuego) siempre que se carguen a buque mercante con destino al exterior o a buque mercante de cabotaje para transbordar en cualquier puerto nacional con destino al exterior.
También que la norma procuró fortalecer el desarrollo de la región patagónica por medio de un incentivo fiscal para generar un aumento de ingresos de los diferentes actores que integran la cadena de valor. Esta medida “fomentó la competitividad de las empresas, el incremento de los volúmenes de exportación, la creación de nuevos puestos de trabajo y el mantenimiento económico de zonas en las que históricamente era necesario el aumento de la densidad poblacional”, afirmaron.
Asimismo, resaltaron que corrigió profundas inequidades existentes entre los distintos puertos del país y generó igualdad de condiciones entre los distintos sectores -en línea con las visiones que buscan compensar y promocionar las economías regionales-. Por lo que, “la iniciativa se constituyó en el motor para el desarrollo de la actividad pesquera en el sur del país con la radicación de plantas en tierra en ciudades como Punta Quilla, Ushuaia, Puerto Deseado, Comodoro Rivadavia, Rawson, Puerto Madryn y San Antonio”, dijeron.
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Los cambios en la Ley- En cuanto al sistema de incentivo fiscal, Ianni y González argumentaron que buscó compensar las asimetrías existentes por razones de distancia -con respecto a los principales centros urbanos y el resto de las regiones del país- mediante el incremento de ingresos de diferentes actores que integran la cadena de valor de las mercancías exportables.
Pero con el paso de los años, la ley fue discutiéndose e incluso cambiándose hasta que fue derogada. Antes, en 1996, mediante la Ley 24.490, la norma 23.018 fue prorrogada estableciéndose la disminución a razón de un punto anual a partir de 1999. Esta norma fue vetada e insistida por el Poder Legislativo corroborando la importancia de la legislación a la hora de equilibrar inequidades evidentes.
En 2001 la Ley 25.454 establecería la salvedad de que el reembolso adicional sería aplicado, en lo que respecta a los productos del mar, exclusivamente a las capturas efectuadas por buques de bandera argentina y por aquellos de bandera extranjera locados por empresas argentinas a casco desnudo, de conformidad con el artículo 36 de la Ley 24.922.
El Decreto 2229/15 restableció la vigencia del reembolso adicional a las exportaciones que propuso el artículo 1° de la Ley 23.018 manteniendo los niveles de beneficio aplicables desde el 1° de enero de 1984 para todos los puertos y aduanas ubicados al sur del Río Colorado por el término de CINCO (5) años a partir de la entrada en vigencia del mismo.
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Equilibrar la desigualdad- Las senadoras expresaron que, desde distintos sectores productivos relacionados con las exportaciones de productos patagónicos, “nos advierten que, tal como se planteaba en la vieja Ley 23.018, la desigualdad de condiciones de los puertos patagónicos con respecto a los puertos del norte no ha cesado”. Por el contrario, “el escaso desarrollo de infraestructura, las enormes distancias, el costo del flete y del recurso humano sigue teniendo en Patagonia un costo muy superior al del centro del país”.
“Los ejemplos de los costos comparativos demuestran diferencias significativas entre operar desde puertos patagónicos o desde puertos de la Provincia de Buenos Aires, lo que impide competir en igualdad de condiciones, tanto en el mercado interno como externo, condenando a los productores patagónicos a ‘pérdidas en la rentabilidad’”, sostuvieron.
Y añadieron que la migración, desde Puerto Deseado, de barcos poteros durante la temporada 2015 para descargar las capturas del stock más austral, son un claro ejemplo de las consecuencias que genera la falta de reembolsos. “La Patagonia se caracteriza por contar con un menor desarrollo en relación con la zona central del país en materia industrial”, afirmaron.
Entre otras consideraciones, Ianni y González recordaron el inciso 19 del artículo 75 de la Constitución Nacional que establece, entre otras cosas, que corresponde al Congreso “proveer al crecimiento armónico de la Nación y al poblamiento de su territorio; promover políticas diferenciadas que tiendan a equilibrar el desigual desarrollo relativo de provincias y regiones. Para estas iniciativas, el Senado será Cámara de origen”.