Elecciones 2023

Qué es y cómo funciona la Ley de Lemas

Se trata del sistema por el cual se elige gobernador, vicegobernador, intendentes y cargos electivos en Santa Cruz. Cuestionada por algunos, aceptada por otros. En 2014, se amplió para incluir la categoría a gobernador.

  • 27/07/2023 • 09:19
Qué es y cómo funciona la Ley de Lemas
Qué es y cómo funciona la Ley de Lemas

El próximo 13 de agosto en la provincia de Santa Cruz, las personas que estén en el padrón electoral votarán de manera definitiva para los cargos de gobernador, vicegobernador y la conformación de la Cámara de Diputados. Si bien coincide la fecha con las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) a nivel nacional, el ganador de la contienda democrática ese domingo será definitivo y asumirá el próximo 10 de diciembre, ya que son dos elecciones y boletas diferentes.

Ya para el 22 de octubre, los cargos municipales -intendentes y concejales- también serán puestos a consideración en las urnas. En este marco y para definir a los representantes, la provincia cuenta con el sistema electoral conocido como Ley de Lemas. Cuestionada por algunos, aceptada por otros y aprovechada por varios, esta normativa presenta un escenario electoral distinto a otros distritos. En algunos casos fue un arma de doble filo, y es también la regla de juego madre para el armado estratégico electoral.

En Santa Cruz, la ley que la rige es la 2052 del año 1988. La modificación más importante fue en 2014, cuando se volvió a ampliar la misma en diciembre de ese año, a fin de integrar a las candidaturas de gobernador y vicegobernador.

¿Qué dice la Ley?

En su Artículo 3° establece que afiliados del Partido Político al que pertenezcan, para el caso de alianzas o frentes electorales, cada uno de los "SUB-LEMAS" que lo integre deberá presentar el aval del quince por ciento (15 %) de su padrón afiliados. Es en el Artículo 6° donde se explica la clave para entender la Ley: cómo se suman los votos.

Allí, se remarca que los votos emitidos a favor de cualquier "Sub-Lema", se acumularán a favor del "Sub-Lema" que haya obtenido dentro del Lema más votado mayor cantidad de sufragios y que, en consecuencia, será el que representará al Lema.

Indica, además, que la distribución de los cargos a diputados provinciales por distrito se hará de acuerdo al régimen que establezca el Código Electoral Nacional para diputados nacionales en su Capítulo III del Título VII, primero entre Lemas y luego entre Sub-Lemas. Los Intendentes Municipales y los Presidentes de las Comisiones de Fomento serán electos en forma directa y a simple pluralidad de sufragios. Para ello, los votos emitidos a favor de cualquier "Sublema", se acumularán a favor del "Sub-Lema" que haya obtenido dentro del Lema más votado mayor cantidad de sufragios y que representará al Lema.

La controversia es que en algunos casos (elecciones provinciales y municipales 2015 por ejemplo) los candidatos que obtuvieron la mayor cantidad de votos no fueron los que asumieron el cargo, debido a que su contrincante directo “sumó” más sufragios por Ley de Lemas, accediendo a los puestos.

En el sistema de doble voto simultáneo y acumulativo, tal como se lo llama de forma oficial, cada coalición política que se presenta a elecciones es un lema. Este lema puede estar integrado por muchos sublemas, es decir, distintas listas dentro de la misma coalición. Resulta electo el sublema que dentro del lema más votado obtenga la mayor cantidad de votos. Esto último, incluso, es utilizado como herramienta y estrategia electoral en algunos casos, abultando la cantidad de votos.

Ampliación y polémica

Un dato no menor es que a finales de 2014, la Legislatura provincial en su mayoría aprobó el proyecto que amplió la Ley de Lemas a la elección de gobernador y vice, y agregó otros requisitos a la conformación de sublemas y alianzas electorales. Los diputados del por aquel entonces Frente Para la Victoria, en su mayoría, aprobaron la ley en la última sesión ordinaria del período legislativo 2014.

Las últimas elecciones generales fueron en 2019. En aquel entonces, el Frente de Todos ganó con el 58.59 %, por sobre el 32.03 % de Nueva Santa Cruz y el 6.87 % de Santa Cruz Somos Todos. Pero en el conteo individual, Alicia Kirchner fue la que ganó el “mano a mano” al resto de los candidatos. La ahora mandataria, en aquel entonces, cosechó 36.563 votos, por sobre los 32.658 de Javier Belloni, los 24.625 de Claudio Vidal y los 25.983 de Eduardo Costa.

La Corte le dio la derecha

El último antecedente jurisprudencial es el de Santa Cruz. La UCR, cuyo candidato Eduardo Costa fue derrotado en 2015 pese a haber obtenido más votos que la gobernadora electa, presentó un pedido de inconstitucionalidad. El reclamo fue aceptado en primera instancia y rechazado luego en la Cámara de Apelaciones provincial y en el Tribunal Superior de Justicia local. El caso llegó a la Corte Nacional, que volvió a señalar que se trata de un tema de derecho público local.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación, por unanimidad, resolvió que la Ley de Lemas de la provincia de Santa Cruz es una cuestión de derecho público local, en respeto de la autonomía de las provincias.

Sostuvieron que la autonomía de las provincias tiene límites cuando se afecta la forma republicana de gobierno. Ese límite -recordaron los ministros- se franqueó, cuando en 2013, la Justicia de la provincia de Santiago del Estero intentó forzar el texto de la Constitución provincial para permitir que el entonces gobernador se presentase a un tercer mandato, cuando la misma no se lo permitía. En aquella oportunidad, este Tribunal no admitió que se alterara ese texto por fuera del mecanismo de reforma constitucional previsto, y con el único objetivo de otorgar cuatro años más en el ejercicio de la máxima magistratura provincial, a quien ya llevaba ocho años ininterrumpidos en ella.