COVID

Qué restricciones había en Río Gallegos el año pasado, con una cifra similar de contagios

En abril, la cantidad de casos fue similar a septiembre y octubre, cuando las restricciones que estaban vigentes, serían impensadas en la actualidad. Estaban prohibidas las reuniones sociales y la circulación se permitía de 22:00 a 08:00.

  • 05/05/2021 • 07:00
Cómo está el panorama en la ciudad.
Cómo está el panorama en la ciudad.

Durante el mes de abril y hasta la fecha en Río Gallegos se permitieron las reuniones sociales, hubo y hay una gran cantidad de actividades liberadas.

La cantidad de casos del mes anterior en la capital provincial alcanzó los 2389 positivos de Coronavirus, superior a enero, mes de mayor contagio en Santa Cruz, y similar a septiembre y octubre, este último mes, el de pico de casos en la ciudad durante el 2020.

Pero tanto en septiembre como en octubre, existían restricciones impensadas, por ahora, en Río Gallegos, ciudad que además de contar con suba de casos, presenta ya la variante Manaos.

Se podría advertir que otra diferencia actual con esos meses del año pasado fue que no se había vacunado una sola persona. Sin embargo, ese argumento se cae: La vacunación no alcanzó el porcentaje requerido de la población -cerca del 60% o 70%- para lograr el tan mencionado "efecto rebaño".

Santa Cruz es una de las provincias que más rápido vacuna, apenas recibe las dosis. Pero de acuerdo al Monitor Público de Vacunación:

 

1 Dosis

50.584

 

2ª Dosis

10.787     

 

Aplicadas Total

61.371

 

Es decir, el 13% de la población de Santa Cruz (no hay datos de Río Gallegos) recibió una sola dosis y el 2,94% recibió dos dosis.

 

 

Casos en Río Gallegos:

 

-Julio: 446 casos positivos (desde el 14 de julio), 3 fallecidos.

 

-Agosto: 1223 casos, con un promedio diario de 39,45 casos

 

-Septiembre: 2751 casos, promedio de 91,7 casos diarios.

 

-Octubre: 2841 casos, promedio de 91,6 casos diarios.

 

-Noviembre: 1707 casos, promedio de 56,9 casos diarios. 

 

-Diciembre: 1546 casos con 29 fallecidos,

49 casos diarios

 

-Enero: Río Gallegos: 2344, promedio diario de 80,8 casos. (Mes de mayor cantidad de contagios desde el inicio de la pandemia en Santa Cruz: 8557 casos, promedio de 295 casos diarios).

 

Abril:

-1 al 15: 941 casos

-16 al 30: 1448 casos

2389 casos en total, promedio de 79 casos diarios.

 

LAS RESTRICCIONES

La cifra de contagios del mes de abril es similar a septiembre y octubre, meses que, como ya se dijo, eran los meses de mayor contagiosidad en 2020.

Durante esos meses, la capital santacruceña transitaba una disposición ASPO, que de hecho se extendió durante seis meses.

A continuación dos decretos provinciales que exponen claramente las diversas restricciones que actualmente no rigen. 

El Decreto Provincial N°1135/20 que en ese momento adhirió al DNU N°754/20 de Presidencia de la Nación y que estuvo vigente del 21 de septiembre al 11 de octubre estableció el distanciamiento social, preventivo y obligatorio para todas las localidades del territorio provincial, con limitaciones especiales para Río Turbio, 28 de Noviembre, El Calafate, Comandante Luis Piedra Buena, Caleta Olivia y Los Antiguos; y el aislamiento social, preventivo y obligatorio para la capital provincial.

Luego el Decreto Provincial N°1204 /20, adhirió al DNU N°792/20 de Presidencia de la Nación hasta el 25 de octubre.

Estableció ASPO para Río Gallegos, El Calafate y Caleta Olivia, y DISPO para todas las localidades del territorio provincial, con limitaciones especiales para 28 de Noviembre, Río Turbio y Puerto Deseado.

En ambos decretos estaban prohibidas las reuniones sociales.

Además, los supermercados funcionaban de 08:00 a 20:00, los comercios de cercanía de productos alimenticios y artículos de limpieza desde las 08:00 hasta las 21:00; las Farmacias de 08:00 hasta las 21:00 y el servicio de delivery de comidas elaboradas hasta las 22:00.

Los adultos mayores tenían un horario especial de 12:00 a 14:00 en los comercios.

La restricción para circular comenzaba a las 22:00 y finalizaba a las 08:00.

La única flexibilización "en beneficio de la salud y bienestar psicofísico de las personas" fue el permiso para salir a caminar en horario diurno con una duración máxima de 60 minutos por día entre las 12:00 y 16:00, sin alejarse más de quinientos metros (500 m) de su residencia. (No se podía usar transporte público o vehicular y se debía guardar en todo momento un distanciamiento físico entre peatones no menor de 2 metros salvo en el caso de niños y/o niñas de hasta 12 años de edad, quienes debían realizar la salida sólo en compañía de una persona mayor conviviente).

También estaba prohibido: clases presenciales, eventos públicos y privados: sociales, culturales, recreativos, deportivos, religiosos y de cualquier otra índole que impliquen la concurrencia de personas; centros comerciales, cines, teatros, centros culturales, bibliotecas, museos, restaurantes, bares, gimnasios, clubes y cualquier espacio público o privado que implique la concurrencia de personas; Servicio de transporte público urbano; Turismo; y reuniones familiares y/o sociales.